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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2010 (30/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de marzo de 2010 416398 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 023-2010-CE-PJ En la sumilla correspondiente a la Resolución Administrativa Nº 023-2010-CE-PJ, publicada en nuestra edición del día 27 de marzo de 2010, debe modifi carse la redacción de la misma, por lo que debe quedar redactada como sigue: Prorrogan hasta el 31 de marzo de 2010 el funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Transitorio con sede en Huaura 474951-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen la adecuación del Sistema Integrado Judicial a fin de establecer ratios predeterminados para lograr el equilibrio de carga procesal entre los Juzgados Especializados en lo Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 10-2010-CED- CSJLI/PJ Lima, diecisiete de marzo del dos mil diez. VISTOS: El Ofi cio N° 200-2010-GI-GG/PJ, de fecha diecisiete de febrero del año en curso; el Informe N° 013-2010-DGU- ADP-CSJL/PJ del Área de Desarrollo de la Presidencia, de fecha diez de febrero del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de vistos el Área de Desarrollo de la Presidencia advierte, en mérito de los estudios realizados por dicha área desde el año dos mil siete y de los cuadros anexados, la problemática existente en los Juzgados Especializados en lo Civil, específi camente de los ubicados en los pisos trece, catorce y quince del Edifi cio Alzamora Valdez, por ser los que soportan la mayor carga con respecto a los demás Juzgados de la especialidad; tal es el caso, que de acuerdo al Inventario realizado en diciembre de dos mil nueve, por disposición de la Resolución Administrativa N° 049-2009-P-CSJLI/PJ, se tiene que la carga total de expedientes fl uctúa entre 1,290 y 372 expedientes correspondientes al cuarto y vigésimo sexto Juzgado Especializado en lo Civil, respectivamente; existiendo por tanto una gran diferencia en la carga procesal de algunos de los Juzgados Civiles, de hasta 918 expedientes entre un Juzgado y el otro; en tal sentido, y a fi n de equiparar la carga de los mismos, resulta necesario considerar un ratio para el ingreso de expedientes. Que, el ratio de ingresos propuesto por el Área de Desarrollo de la Presidencia consiste en equiparar la carga de acuerdo a los ingresos de expedientes a los Juzgados Especializados en lo Civil con menos carga, siendo procedente ajustar los ratios mensuales para así llegar al equilibrio de la carga procesal entre los mencionados juzgados, sin afectar el principio de aleatoriedad. Que, mediante el ofi cio N° 200-2010-GI-GG/PJ, la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial ha manifestado que es posible atender la propuesta formulada por el Área de Desarrollo de la Presidencia, a fi n de establecer en el Sistema Integrado Judicial ratios predeterminados para lograr un estándar de carga promedio, la que se lograría en un lapso de 6 meses aproximadamente. Que, en tal sentido resulta necesario adoptar las medidas necesarias a fi n de establecer en el Sistema Integrado Judicial ratios predeterminados para lograr una equiparidad de carga procesal en materia civil, Por los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los Incisos diecinueve y veintiuno del artículo noventa y seis del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la adecuación del Sistema Integrado Judicial, a fi n de establecer ratios predeterminados para lograr el equilibrio de carga procesal entre los Juzgados Especializados en lo Civil, en un plazo aproximado de 6 meses, la misma que será ejecutada por la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Segundo.- DISPONER que el Área de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima coordine con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, las acciones que tiendan a la ejecución de lo dispuesto. Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Área de Desarrollo de la Presidencia, Ofi cina de Administración Distrital y los miembros de la Comisión, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CESAR JAVIER VEGA VEGA Presidente CARLOS GIOVANI ARIAS LAZARTE LUCIANO CUEVA CHAUCA WILLIAM CIRO CONTRERAS CHÁVEZ 474379-1 Designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Miguel CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 267-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 29 de marzo del 2010 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, habiendo tomado conocimiento que la doctora Teresa Angélica Vite Luján, Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Miguel, se encuentra delicada de salud, motivo por el cual, esta Presidencia considera pertinente a fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales programadas con antelación designar al magistrado que se hará cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Miguel, mientras dure el periodo de licencia de la referida magistrada. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir