Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2010 (01/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 2010

atencion al publico. No se permitira giros ni ambientes destinados a la reunion masiva de personas o almacenaje de equipos, materiales o suministros. b. Cuando el uso para el cual fue construido sea local comercial o tienda, solo se permitiran giros donde los niveles operacionales de los establecimientos no perturben o causen molestias en la MORDAZA residencial. Los giros permitidos seran los mismos considerados en el articulo 24º de la presente ordenanza. c. Cuando el uso para el cual fue construido sea cualquier otro que se encuentre debidamente especificado, se podra autorizar dicho giro sin extension de ningun tipo. d. La Licencia de Funcionamiento que se expida tendra como vigencia MORDAZA el dia 11 de MORDAZA de 2012, luego de lo cual se podra solicitar licencia de funcionamiento temporal. 35.2 En el caso de inmuebles que cuenten con Declaratoria de Fabrica en via de regularizacion inscrita en la SUNARP con cargas, el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento se sujetara a lo siguiente: a. Cuando el inmueble MORDAZA sido objeto de carga en el uso, no se otorgara Licencia de Funcionamiento. b. Cuando el inmueble MORDAZA sido objeto de carga originada por construcciones antirreglamentarias en retiro o area publica, no se otorgara Licencia de Funcionamiento, mientras no se levante la carga.

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Otorgan beneficios para la ejecucion de obras del Programa Techo Propio
ORDENANZA Nº 339-CDLO
Los MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 012-2010-MDLO/CDU de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgando potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo Nº 191 de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de Ordenanzas que tienen rango de Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2006VIVIENDA, aprueban "Plan Nacional de Vivienda-Vivienda para todos: Lineamientos de Politica 2006-2015" documento que teniendo en cuenta la situacion actual y las politicas y programas de vivienda que se deben impulsar, el Plan Nacional de la Superacion de la Pobreza, el Plan Nacional de Competitividad, el MORDAZA Macroeconomico Multianual, la Carta de Politica Social, el Acuerdo Nacional y las Metas de Desarrollo del Milenio han permitido que se elabore el mencionado dispositivo; Que, el Informe Nº 149-2010-MDLO/GDU/SGUT de la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte, considera, entre otro, la factibilidad de emitir otra Ordenanza con los beneficios para la ejecucion de obras del Programa Techo Propio con la finalidad de viabilizar, planificar y aplicar el desarrollo progresivo de la construccion, ampliaciones y regularizaciones de obras, Declaratorias de Fabrica en el distrito de viviendas MORDAZA unifamiliares y bifamiliares, donde se ubican las poblaciones de menores recursos economicos y el mejoramiento de la vivienda existente, con el apoyo del Programa Techo Propio, por lo que teniendo en consideracion lo MORDAZA expuesto se adjunta una propuesta de Ordenanza para su evaluacion; Que, mediante Informe Nº 189-2010-MDLO/GDU, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA ratifica lo expresado por el Informe arriba aludido, senalando que existen requerimiento de vecinos para que se otorguen beneficios de exoneracion de pago por derechos de tramite de Licencia de Construccion, Parametros Urbanisticos, Finalizacion de Obra y Declaratoria de Fabrica por lo que tambien considera factible dicho proyecto puesto que estaremos impulsando politicas y programas de desarrollo social en beneficio de poblaciones de menores recursos economicos; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con Informe Nº 0262-2010-MDLO/OAJ senala que "la Gerencia de Desarrollo Urbano" remite el Proyecto de "Ordenanza que otorga beneficios para la ejecucion de Obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que aprueba la exoneracion de pago por derecho de tramite de Licencia de Construccion, Parametros Urbanisticos, Finalizacion de Obra y Declaratoria de Fabrica; Que, en ese sentido Gerencia de Desarrollo MORDAZA considera factible dicho proyecto y solicita se prosiga el tramite de aprobacion ante el Concejo Municipal; Que, continua el Informe Legal, los articulos 74º, 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, "por lo que es de opinion de este Despacho analizados los fundamentos tecnicos y legales declarar procedente el proyecto de Ordenanza alcanzado; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral "8" del Articulo 9° de

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Las disposiciones complementarias de la presente ordenanza se emitiran mediante Decreto de Alcaldia. Tercera.- Las Licencias de Funcionamiento Temporales y de Mercados de Abastos y Galerias Comerciales se sujetan a las disposiciones contenidas en los Capitulos II, III y IV del Titulo I de la presente Ordenanza en lo que resulte aplicable.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.Los procedimientos administrativos relacionados con la obtencion de la Licencia de Funcionamiento que se encuentren en tramite, se adecuaran a lo dispuesto en la presente ordenanza. Segunda.- Las Licencias de Funcionamiento con vigencia indeterminada otorgadas con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza cuyo giro no sea compatible con la zonificacion establecida en la Ordenanza Nº 1018-MML mantendran su vigencia hasta el 11 de MORDAZA de 2012. Tercera.- Encarguese a la Gerencia de Rentas la aprobacion del formulario solicitud declaracion jurada de licencia de funcionamiento en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 4º de la presente Ordenanza, el mismo que sera de reproduccion gratuita y debera estar disponible a traves del MORDAZA electronico institucional. Cuarta.- En tanto no se apruebe la reglamentacion especial para la MORDAZA Monumental del distrito senalada en el articulo 12º de la Ordenanza Nº 1018-MML toda licencia de funcionamiento para dicha MORDAZA tendra caracter temporal. Quinta.- En tanto no se apruebe el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas para el Area de Tratamiento Normativo IV unicamente se expediran licencias de funcionamiento por los giros expresamente mencionados en Normas de Zonificacion de Usos del Suelo de los Balnearios del Norte de MORDAZA Metropolitana aprobadas mediante Ordenanza Nº 1018-MML. Sexta.- En tanto no se apruebe el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA el derecho correspondiente al tramite de Licencia de Funcionamiento Temporal sera el vigente para la Licencia de Funcionamiento con un descuento del cincuenta por ciento (50%). POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA ALJOBIN MORDAZA Alcaldesa

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