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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de mayo de 2010 418324 señor Omar Toledo Toribio para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Ofi cial; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3° y 21° del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su Condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el artículo 22° del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios; (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejoramiento del Sector; y (v) el desempeño efi ciente en comisión de excepcional importancia o benefi cio de las relaciones de trabajo o de la Seguridad Social; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Omar Toledo Toribio es un destacado abogado y Magister en Derecho, quien ha ejercido la cátedra universitario en la especialidad de derecho laboral, desempeñando además, labor docente en la Academia de la Magistratura; Que, su reconocida trayectoria refi ere una constante preocupación por el progreso y difusión del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, participando como ponente en numerosos eventos a través de los cuales ha brindado capacitación en temas de la materia; Que, su especialización en el campo del Derecho Laboral le ha permitido formar parte del Grupo de Trabajo encargado de analizar y revisar el Proyecto de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, aportando con su experiencia y conocimientos; Que, como parte de su desarrollo profesional ha desempeñando labores en el ámbito judicial como Secretario de Juzgado Laboral, Secretario de la Primera Sala Laboral de Lima, Juez de Paz Letrado, Juez Especializado en lo Civil, Juez Especializado en lo Laboral y Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, sus aportes al conocimiento del Derecho se refl ejan en la importante bibliografía que ha producido y los numerosos artículos publicados en periódicos y revistas especializadas; Que, su constante preocupación por el progreso del Derecho del Trabajo lo ha llevado a formar parte de la Asociación Peruana de Derecho del Trabajo Derecho Constitucional, y delegado en Perú de la Asociación Latinoamericana de Jueces de Trabajo (ALJT); Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Ley N° 20585; el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Ofi cial” al señor OMAR TOLEDO TORIBIO, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 488576-2 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 003-2010-TR Lima, 1 de mayo de 2010 VISTO: Con fecha 23 de abril de 2010, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Francisco Paca Pantigoso para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Comendador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3° y 21° del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su Condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el artículo 22° del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios; (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejoramiento del Sector; y (v) el desempeño efi ciente en comisión de excepcional importancia o benefi cio de las relaciones de trabajo o de la Seguridad Social; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Francisco Paca Pantigoso es economista, con estudios de postgrado en el ámbito de Planifi cación y Desarrollo y Administración de negocios internacionales; asimismo, ejerce la docencia universitaria; Que, su trayectoria empresarial proyecta una diversidad de acciones distinguidas orientadas a la promoción de la asociatividad empresarial y la gestión de importantes misiones comerciales que tienen por objeto la búsqueda de nuevos mercados para la comercialización de productos peruanos a nivel nacional e internacional, generando oportunidades de empleo para los ciudadanos de la región sur del Perú; Que, destaca el dinamismo de sus actividades empresariales en relación de colaboración con instituciones públicas y privadas, lo que ha merecido su reconocimiento como líder de asociaciones de pequeños y medianos empresarios de la Región Puno; asimismo, es promotor activo de proyectos que promueven emprendimientos juveniles con sensibilidad social y sentido de solidaridad que han dado lugar a reconocimientos como la entrega de la “Orden Lago Titicaca” otorgado por la Municipalidad Provincial de Puno; Diploma por labor esmerada a favor de la consolidación democrática en benefi cio de la Región, otorgada por la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Puno; Que, ejerce de manera notable cargos de responsabilidad directiva en el Comité Ejecutivo Regional de exportaciones de Puno; Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa; Consejo Regional para la Educación, entre otras instituciones; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Ley N° 20585; el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Comendador” al señor