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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2010 (11/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de mayo de 2010 418750 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluido nombramiento de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Puno y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de El Collao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 814-2010-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Manuel Oswaldo Deza Castillo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Puno y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de El Collao; materia de las Resoluciones N° 1416-2006-MP-FN y Nº 1383-2009-MP-FN, de fechas 13 de noviembre del 2006 y 29 de setiembre del 2009, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que se encuentren en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 491603-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima y su designación en el Pool de Fiscales de Lima, así como su destaque como adscrito a la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 815-2010-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito de fecha 06 de mayo del 2010, cursado por el doctor Julio César Noriega Calderón, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, designado en el Pool de Fiscales de Lima y destacado como adscrito a la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, en la que comunica su renuncia al cargo, por motivos profesionales. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Julio César Noriega Calderón, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima y su designación en el Pool de Fiscales de Lima, asi como su destaque como adscrito a la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, materia de las Resoluciones Nº1297-2007-MP-FN y Nº 062-2009-MP- FN, de fechas 31 de octubre del 2007 y 20 de enero del 2009, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 491603-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de abril de 2010 por la Dirección Regional de Energía y Minas DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS - PIURA RESOLUCIÓN DIRECTORAL. Nº 080-2010/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR Piura, 30 de abril del 2010 CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función específi ca para los gobiernos regionales “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 550- 2006 y 121-2008-MEM-DM, se declaro que el Gobierno Regional Piura, concluyo el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de: “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que en aplicación de los dispuesto en el artículo 117 y 124 del Decreto Supremo Nº 014-92- EM, en lo relacionado al Procedimiento Ordinario Minero, en concordancia con el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que mediante Ordenanza Regional Nº 145-2008/ GRP-CR, publicado con fecha 23 de abril del año 2008, se aprobó el Reglamento de Organización de Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, en el que en su artículo 8 inciso 6 se encuentra la función de Otorgar Concesiones Mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional, incluyendo en esta función la recepción de Petitorios, tramitación, otorgamiento de concesiones y extinción, y en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme a la Ley General de Minería y su Reglamento. Con la visación de la División de Concesiones y Catastro Minero y Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Piura;