Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2010 (12/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

418769

Articulo 4°.- Los titulares mineros que, al 31 de diciembre del ano 2009, hayan estado debidamente acreditados como Pequenos Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales tambien deberan seguir el procedimiento establecido en el Anexo de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria ANEXO INSTRUCCIONES PARA LA MORDAZA DE LA DECLARACION ANUAL CONSOLIDADA (D.A.C.) CORRESPONDIENTE AL ANO 2009 Para la MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada (D.A.C.), los titulares mineros deberan acceder via internet a la pagina web: http://extranet. minem.gob.pe, para lo cual deberan contar con un Nombre de Usuario y Clave Secreta (los mismos usados para las declaraciones mensuales) que seran entregados mediante una de las siguientes modalidades: a) En MORDAZA, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podra acercarse a la Direccion General de Mineria (D.G.M.) del Ministerio de Energia y Minas (M.E.M.) con su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). El horario de atencion para realizar este tramite, que no generara costo alguno para el titular, sera de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. b) En provincias, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podra acercarse a la oficina de la Direccion Regional de Energia y Minas (D.R.E.M.) o su equivalente en la region correspondiente. El Nombre de Usuario y Clave Secreta son los mismos para la MORDAZA de las demas declaraciones obligatorias que el titular minero realice via internet. Asimismo, el titular minero debera tener presente que: 1. La D.A.C. tiene caracter de declaracion jurada y los datos deben ser veraces y reflejo de la realidad, asumiendo el titular la total responsabilidad por la veracidad y exactitud de la informacion declarada. 2. A los titulares mineros que utilicen por primera vez la extranet del M.E.M., se les requerira cambiar la clave secreta proporcionada por la D.G.M, o por la D.R.E.M. o su equivalente en la region correspondiente. 3. Bajo ninguna circunstancia la D.G.M. ni las oficinas de las D.R.E.M.'s o su equivalente en la region correspondiente, recibiran formularios impresos. 4. La D.A.C. contiene, en el Anexo III, el formulario en el que los titulares mineros podran realizar la Declaracion Jurada para la Acreditacion de la Produccion/Inversion Minima por cada concesion que incurra en dicha obligacion (articulos 38° y 41° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM) y, en el Anexo IV, el formulario de la Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible. Para la acreditacion del Anexo III tendran que adjuntar las liquidaciones de venta y/o MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto a la Renta, segun corresponda. 5. Luego de enviar la D.A.C. via internet, el titular minero podra imprimir la informacion enviada y, en la esquina superior derecha de la primera pagina, encontrara el numero de recurso con el que la D.A.C. ingreso oficialmente al M.E.M.. 6. La actualizacion de los Datos Generales del titular minero solo podra realizarse a traves de la Oficina de MORDAZA Tramite del M.E.M., mediante un documento dirigido a la D.G.M.. 7. Para validar las cesiones y/o transferencias de derechos mineros que hayan sido declaradas en el formulario, los titulares tienen plazo hasta el 15 de junio de 2010 para presentar, a traves de la Oficina de MORDAZA Tramite del M.E.M., oficina de la Direccion Regional de Energia y Minas (D.R.E.M.) o su equivalente en la region correspondiente, MORDAZA simple de la(s) ficha(s) registral(es)

de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (SUNARP). 8. El formulario de la D.A.C. se distingue automaticamente a los titulares mineros segun los siguientes criterios: el regimen tributario al que pertenecen, la cantidad de hectareas que abarcan sus derechos mineros y si, al 31 de diciembre del ano 2009, tenian calificacion vigente de Pequenos Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales. 9. Si tiene alguna consulta podra comunicarse con la D.G.M. o cualquiera de las D.R.E.M.'s, o su equivalente la region correspondiente, o escribir al correo electronico: declaraciones@minem.gob.pe. 491524-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban texto del "Contrato para el Desarrollo del Proyecto Inmobiliario y la Construccion del MORDAZA Aerodromo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 220-2010-MTC/02 MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2010 CONSIDERANDO: Que, el Consorcio DH Mont & CG & M S.A.C. con fecha 09 de MORDAZA de 2007, presento la iniciativa privada denominada "Mega Proyecto de Techo Propio, Mi Hogar y Mi Vivienda MORDAZA MORDAZA Collique", sustentado en la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, su reglamento y normas modificatorias; Que, mediante Acuerdo Comite de Saneamiento Nº 420-09-2007-IP del Comite de PROINVERSION en Saneamiento y Proyectos del Estado en adelante el Comite de PROINVERSION, adoptado en la Sesion Nº 420 del 8 de MORDAZA de 2007, se admitio a tramite la Iniciativa Privada "Mega Proyecto de Techo Propio, Mi Hogar y Mi Vivienda MORDAZA MORDAZA Collique" MORDAZA citada, habiendo sido declarada de Interes con Acuerdo del Comite de Saneamiento Nº 439-04-2007-Inmuebles adoptado en la Sesion Nº 439 del 3 de MORDAZA de 2007, sujeta a la conformidad del Consorcio DHMONT & CG & M S.A.C.; Que, previo accionar de parte tanto en las vias administrativas como en la judicial, el Tribunal Constitucional mediante Sentencia del 11 de MORDAZA de 2009, entre otros, declaro valido y subsistente el Acuerdo Comite Saneamiento Nº 439-04-2007-Inmuebles, a merito de lo cual el Consejo Directivo de PROINVERSION, finalmente ha adoptado el Acuerdo PROINVERSION Nº 344-01-2010, en la Sesion Nº 344 de fecha 5 de MORDAZA de 2010, aprobando el texto final del "Contrato para el Desarrollo de Proyecto Inmobiliario y la Construccion del MORDAZA Aerodromo" asi como el texto del Contrato de Fideicomiso en Administracion "Fideicomiso Privado MORDAZA Aerodromo para la Escuela de Aviacion Civil", en los cuales se ha previsto la participacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la intervencion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el "Contrato para el Desarrollo de Proyecto Inmobiliario y la Construccion del MORDAZA Aerodromo" se circunscribe al Capitulo MORDAZA, a merito de las competencias de la Direccion General de Aeronautica Civil previstas en el articulo 9 inciso j) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, que le senala competencia para la construccion, mejoramiento y rehabilitacion de aerodromos publicos; Que, en consecuencia es necesario aprobar los textos de los citados contratos, asi como autorizar al funcionario que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los suscribira; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru;

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