Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2010 (20/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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cuales podran ser redistribuidos entre los demas Juzgados Penales Unipersonales de la sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. PROVINCIA DE CAMANA: · El Tercer Juzgado Penal Unipersonal con competencia en la citada provincia, en el Juzgado Penal Liquidador de Majes - El Pedregal, con la misma competencia del Juzgado Mixto que tiene sede en esta MORDAZA ciudad. · El Juzgado Penal Liquidador de Majes - El Pedregal, al termino de sus funciones al 30 de setiembre de 2010, se convertira y reubicara en Juzgado Mixto de Cerro Colorado con competencia territorial en los Distritos de Cerro Colorado, Cayma y Yura de la Provincia de MORDAZA, y con competencia por la materia en asuntos laborales y civiles. La carga procesal del precitado organo jurisdiccional materia de conversion se redistribuira equitativamente entre el Primer y MORDAZA Juzgados Penales Unipersonales de Camana. · El Primer y MORDAZA Juzgados Penales Unipersonales con competencia en la Provincia de Camana conformaran el Juzgado Penal Colegiado de la referida provincia convocando a magistrados de los Juzgados Penales Unipersonales de las provincias de competencia del referido Juzgado Penal Colegiado, cuando las necesidades de juzgamiento lo requieran. Articulo Tercero.- La carga procesal pendiente de los Juzgados Penales Liquidadores convertidos mediante la presente resolucion, sera redistribuida entre los Juzgados Penales Liquidadores que corresponda de la respectiva sede judicial. Articulo Cuarto.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion y una adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Quinto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Titular del Juzgado Mixto de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a una plaza vacante de igual nivel en la MORDAZA de MORDAZA, sede de la Corte Superior de Justicia del mismo nombre, se sustenta en razones de salud de su conyuge; Segundo: Al respecto, del analisis de los presentes actuados aparece que por Resolucion Nº 025-2005PCNM, de fecha 16 de MORDAZA de 2005, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura dispuso cancelar el titulo de Juez Titular Agrario de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA Coaguila MORDAZA, y expedir el titulo de Juez Mixto de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, a favor del nombrado magistrado, teniendo en cuenta que por Resolucion Nº 319-2005-P-CSJPU/PJ de fecha 23 de marzo de 2005, la Presidencia de la mencionada Corte Superior de Justicia, de conformidad con el mandato establecido en la sentencia del Trigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, y confirmada por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ordeno su reincorporacion como magistrado del Distrito Judicial de Puno; Tercero: Sobre el particular obra a fojas 9 el Certificado de la Partida de Matrimonio celebrado el 27 de diciembre de 1980 expedida por el MORDAZA del Concejo Distrital de Quequena y Jefe del Registro Civil, entre el magistrado recurrente y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marroquin; Cuarto: Que, el senor MORDAZA MORDAZA Coaguila MORDAZA senala que conforme se encuentra acreditado con el Informe Medico emitido por el doctor MORDAZA Torreblanca MORDAZA, de la Red Asistencial de MORDAZA ­ ESSALUD, obrante a fojas 6, se ha detectado que su conyuge padece de Diabetes Melitus MORDAZA II asi como de Artritis Reumatoidea, enfermedad que requiere de tratamiento y control intensivos para evitar el agravamiento de su enfermedad; Quinto: Que, a fojas 3 aparece el informe emitido por la Direccion de la unica Posta Medica de MORDAZA, por la que se deja expresa MORDAZA que dicho centro asistencial solo cuenta con el servicio de Medicina General por ser centro de atencion primaria, razon por la cual no se cuenta con especialidades medicas, por ello los parientes con enfermedades cronicas son referidos a Hospitales de nivel II o III, para los efectos de recibir tratamiento especializado; Sexto: Que, de igual modo, el doctor MORDAZA MORDAZA Coaguila MORDAZA ha adjuntado a fojas 5 el informe emitido por el doctor MORDAZA Olave MORDAZA, Gerente del Hospital III de la Red Asistencial MORDAZA ­ ESSALUD, por el cual se deja MORDAZA que en dicho nosocomio se cuenta con la especialidades de Reumatologia y Endocrinologia, las mismas que resultan indispensables para el tratamiento de su esposa; Setimo: Que, siendo asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud de su conyuge expuestas por el magistrado recurrente, a que se refiere el articulo 3º del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, por ende es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado del Juzgado Mixto de MORDAZA a un Juzgado vacante del mismo nivel jerarquico de la sede de la Corte Superior de Justicia de Puno; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 12 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 12 a 14, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por razones de salud de su conyuge presentada por el magistrado MORDAZA MORDAZA Coaguila MORDAZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Puno; en consecuencia, se dispone su traslado a uno de los Juzgados Penales Unipersonales vacante de la sede de la Corte Superior de Justicia de Puno. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder

Disponen traslado de Juez Titular del Juzgado Mixto de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a uno de los Juzgados Unipersonales vacante
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 135-2010-CE-PJ

MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones salud de su conyuge presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA Coaguila MORDAZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Puno; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado presentada por el magistrado MORDAZA MORDAZA Coaguila MORDAZA, Juez

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