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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de mayo de 2010 419213 VISTO: Los Ofi cios Nos. 000296 y 000462-2010/ GRC/RENIEC (17FEB y 16MAR2010, respectivamente), e Informe Nº 000023-2010/GRC/RENIEC (15FEB2010), emitidos por la Gerencia de Registros Civiles y el Informe N° 000807-2010-GAJ/RENIEC (29ABR2010), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Con tal fi n, desarrollará técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y efi caz de la información; Que, asimismo, los literales b) y c) del artículo 7º de la Ley Nº 26497, precisan que, corresponde a la Entidad, registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifi quen el estado civil de las personas, así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refi eran susceptibles de inscripción y los demás actos que señale la ley; del mismo modo, emite las constancias de inscripción correspondientes; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 019-99-JEF/ RENIEC (19ENE1999), se aprobaron los formatos de actas de inscripción de los tres hechos vitales, los mismos que reemplazaron a los formatos aprobados por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF/RENIEC (03ABR1996) que fuera modifi cada por Resolución Jefatural Nº 072-96-JEF/ RENIEC (07NOV1996); Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 075-2007- JEF/RENIEC (06FEB2007) se modifi caron y aprobaron los Formatos de Trascripción de Acta de Matrimonio, Acta de Defunción, Acta de Nacimiento y Acta de Nacimiento con Código Único de Identifi cación (CUI); Que, mediante Resolución Jefatural Nº 014-2010- JNAC/RENIEC (13ENE2010) se modifi có el Formato de Acta Registral Electrónica de Matrimonio y se aprobó el Formato de Acta Registral de Matrimonio en Línea; Que, asimismo mediante Resolución Jefatural Nº 023- 2010-JNAC/RENIEC (18ENE2010) se aprobó el Formato de Acta Registral de Defunción en Línea; Que, en ese contexto, la Gerencia de Registros Civiles a través de los documentos del visto, propone la aprobación del Formato de Acta Registral de Nacimiento en Línea; Que, mediante el Informe Nº 000807-2010/GAJ/ RENIEC (30ABR2010) la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que resulta legalmente viable la aprobación del Formato de Acta Registral de Nacimiento en línea, en virtud a lo propuesto por la Gerencia de Registros Civiles; Que, en virtud a lo estipulado en el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde la publicación obligatoria de las resoluciones administrativas cuando su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la administración pública; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, al Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 085-2010-JNAC/RENIEC (10FEB2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Formato de Acta Registral de Nacimiento, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Registros Civiles e Imagen Institucional, la difusión de la presente resolución jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil