Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2010 (10/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Area de Sistemas e Informatica y luego de efectuado el analisis y estudio correspondiente del inventario fisico de expedientes realizado por esta Corte, se ha podido constatar que la carga de los Juzgados de Paz Letrados ubicados en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores resulta notoriamente desigual, evidenciandose que: - El 1° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores cuenta con 319 expedientes en tramite; y 587 en ejecucion; de los cuales en materia penal tiene 19 expedientes en tramite y 33 en ejecucion. - El 2° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores cuenta con 309 expedientes en tramite; y, 698 en ejecucion; de los cuales en materia penal tiene 24 expedientes en tramite y 5 en ejecucion. - El 3° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores cuenta con 206 expedientes en tramite; y, 615 en ejecucion; de los cuales en materia penal tiene 18 expedientes en tramite y 3 en ejecucion. - El 4° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores cuenta con 1723 expedientes en tramite; y, 1546 en ejecucion; de los cuales en materia penal tiene 497 expedientes en tramite y 116 sentenciados. - El 5° Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores turno "A" cuenta con 68 expedientes en tramite; y, 36 en ejecucion; y el turno "B" con 65 expedientes en tramite y 41 en ejecucion; con la precision que solamente conoce denuncias por faltas. En ese sentido, el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva constituye un MORDAZA fundamental en un Estado de Derecho, por lo que, corresponde a la administracion hacer efectivo tal derecho, tomando decisiones en forma inmediata a fin de brindar un mejor servicio de justicia, para cuyo efecto se debe corregir la disparidad de la carga procesal de los Juzgados de Paz Letrados del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, ampliando su competencia territorial y realizando una redistribucion de los procesos en materia penal; por lo tanto, estando a la facultad conferida en la Resolucion Administrativa 189-2004-CE-PJ debe disponerse la ampliacion de la competencia territorial del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Turno "A" y "B", debiendo este Juzgado -en sus dos Turnos- conocer los temas en materia penal de todo la circunscripcion territorial del Distrito de San MORDAZA de Miraflores; en consecuencia, el 1º, 2º, 3º y 4º Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores a partir del 10 de noviembre de 2010, dejan de conocer todos los procesos en materia penal. Asimismo, se dispone la creacion de una mesa de partes unica, la misma que funcionara en los turnos establecidos; quienes recibiran los expedientes de los organos jurisdiccionales para su redistribucion en forma aleatoria. De otro lado, el horario de despacho judicial se mantendra en la forma que venia funcionando, es decir, para el turno "A" de lunes a sabado de 8.00 a 15.00 horas; y, el turno "B" de lunes a sabado de 15.00 a 22.00 horas, conforme a lo establecido en la Resolucion Administrativa N° 233-2005-P-CSJLI/PJ., del 13 de junio de 2005. En el caso de denuncias por faltas penales con detenido, el expediente ingresara al sistema para su distribucion en forma aleatoria. De no corresponder el citado expediente al Juez que se encuentre despachando en el turno correspondiente este debera calificar la denuncia y proceder a tomar la declaracion del imputado en forma inmediata, derivandolo posteriormente al Juez que corresponde conocerlo. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la politica interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en pro de los justiciables; asimismo, debe tenerse presente que hoy mas que nunca la sociedad nos exige mayor celeridad y eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales; creacion de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de justicia; mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conduccion de los procesos y en la emision de los fallos; y, mayor uniformidad de criterios en casos similares. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por el articulo 90 incisos 3), 4) y 9) de la Ley Organica del Poder Judicial; y las facultades conferidas en las normas administrativas citadas.

Articulo Primero.- AMPLIAR la Competencia Territorial del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores en sus dos turnos "A" y "B", con sede en la Comisaria de San MORDAZA de Miraflores; Juzgado que -en sus dos Turnos- seguira conociendo materia penal. Asimismo, se dispone que el horario de despacho judicial se mantenga en la forma que venia funcionando, es decir, para el turno "A" de lunes a sabado de 8.00 a 15.00 horas; y, el turno "B" de lunes a sabado de 15.00 a 22.00 horas. En el caso de denuncias por faltas penales con detenido, el expediente ingresara al sistema para su distribucion en forma aleatoria. De no corresponder el citado expediente al Juez que se encuentre despachando en el turno correspondiente este debera calificar la denuncia y proceder a tomar la declaracion del imputado en forma inmediata, derivandolo posteriormente al Juez que corresponde conocerlo. Articulo Segundo.- DISPONER que los organos jurisdiccionales del Primero, MORDAZA, Tercero y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores, a partir del 10 de noviembre de 2010, DEJARAN de conocer materia penal. Articulo Tercero.- ORDENAR la redistribucion de la carga procesal del Primero, MORDAZA, Tercero y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores, respecto de todos los procesos en materia penal, al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores en los Turnos "A" y "B", el mismo que se efectuara en forma aleatoria. Articulo Cuarto.- CREAR la mesa de partes unica para el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores, la misma que funcionara durante el horario establecido para ambos turnos; disponiendose que el area de sistemas e informatica implemente en dicho Juzgado el sistema de registro de expedientes. Articulo Quinto.- DESIGNAR como responsable de la ejecucion de la presente resolucion al Administrador del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien en coordinacion con los senores Magistrados de los citados organos jurisdiccionales deberan realizar el monitoreo de la redistribucion de la carga procesal; en ese sentido, la administracion debera proveer de los recursos humanos y logisticos necesarios para el funcionamiento del citado organo jurisdiccional en coordinacion con esta Presidencia. Articulo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalia de la Nacion, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Personal, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte de MORDAZA Sur, Oficina de Administracion Distrital de esta Corte Superior de Justicia, Magistrados y Comisarias del Distrito, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA CARTOLIN MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur 564924-1

Designan juez supernumeraria MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 870 - 2010- P- CSJLI/PJ MORDAZA, 8 de noviembre del 2010

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