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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de noviembre de 2010 429674 Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores Encargado del Despacho de Defensa 570525-6 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios aprobado por el Decreto Supremo N° 104-95-EF DECRETO SUPREMO Nº 230-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 104-95-EF y sus modifi catorias, se aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplifi cado de Derechos Arancelarios, el cual en su Artículo 10 prevé que la solicitud de restitución debe resolverse dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha de presentación de la misma; Que, a fi n de facilitar el proceso de restitución de derechos arancelarios, se implementó la presentación de la solicitud a través de la transmisión electrónica, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 000299-2003-SUNAT-A, opción cuyo uso debe privilegiarse; Que, en tal sentido, resulta conveniente prever un plazo menor al máximo de diez (10) días hábiles para resolver la solicitud de restitución, previsto en el Artículo 10 del antes citado Reglamento, para aquellos casos en que se opte por la presentación de la solicitud a través de la transmisión electrónica; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Sustitución del primer párrafo del Artículo 10 del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplifi cado de Derechos Arancelarios Sustitúyase el primer párrafo del Artículo 10 del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplifi cado de Derechos Arancelarios aprobado por el Decreto Supremo N° 104-95-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 135-2005-EF, por el siguiente texto: “Artículo 10º.- La SUNAT resolverá la solicitud en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado desde la fecha de presentación de los documentos sustentatorios, cuando la solicitud haya sido presentada vía transmisión electrónica; o en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado desde la fecha de presentación de la solicitud, cuando se haya efectuado la presentación documentaria de la solicitud. Vencido el plazo que corresponda, la SUNAT deberá entregar la respectiva Nota de Crédito.” Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 570525-2 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que se encargará de elaborar el anteproyecto de “Reglamento del Código de Protección y Defensa del Consumidor” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 603-2010-EF/10 Lima, 22 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 328-2010- PCM, del 11 de octubre de 2010, se constituye el Grupo de Trabajo Multisectorial que se encargará de elaborar el anteproyecto de “Reglamento del Código de Protección y Defensa del Consumidor”, el cual estará adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros e integrado, entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 3º de la mencionada Resolución dispone que el titular del Ministerio de Economía y Finanzas deberá designar a sus representantes titular y alterno; Que, en consecuencia resulta necesario designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Economía y Finanzas en el mencionado Grupo de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 328-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los señores Edgard Eduardo Ortiz Gálvez y Carlos Ramón Noda Yamada como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Grupo de Trabajo a que se refi ere la Resolución Ministerial Nº 328- 2010-PCM. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 570211-1 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 023-2010-EF/15.01 Lima, 23 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de