Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2010 (19/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 19 de octubre de 2010

III/V", a realizarse en el Grupo 6 de la VI Brigada Aerea con sede en la MORDAZA de Tandil, Buenos Aires. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Buenos Aires (ARGENTINA) - MORDAZA US$ 650 x 2 Oficiales Viaticos: US$ 200 x 5 dias x 2 Oficiales Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 31 x 2 Oficiales Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 557142-8 RESOLUCION SUPREMA Nº 457-2010 DE/FAP MORDAZA, 18 de octubre de 2010 Visto, la Papeleta de Tramite NC-50-EMED-Nº 1176 de fecha 20 de agosto de 2010, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru y la Papeleta de Tramite NC-50-SGFA-Nº 4700 de fecha 24 de agosto de 2010, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, la Alianza Estrategica entre los Gobiernos de Peru y Brasil firmada el ano 2003, conllevo a estrechar las relaciones bilaterales entre ambos paises comprometiendose los mismos a incrementar la cooperacion fronteriza que permitan mejorar las condiciones de seguridad en las zonas de frontera; Que, dicha alianza se sustenta en tres ejes de accion, el primero de ellos se refiere a la interconexion fisica de MORDAZA del Sur, el MORDAZA a la integracion economica y el tercero a compartir con el Peru los datos e informacion generadas por el Sistema de Vigilancia y Proteccion de la Amazonia, SIVAM - SIPAM de Brasil, para lo cual se realizan reuniones periodicas entre las autoridades de la Secretaria de Coordinacion del Peru y el Centro Gestor Operacional del Sistema de Proteccion de la Amazonia - CENSIPAM; Que, dicha informacion se concentrara en el Puesto de Comando de la FAP (PCFAP), en la MORDAZA de Lima-Peru, para ser transmitidos al MORDAZA Centro Integrado de Defensa Aerea y Control de MORDAZA Aereo (CINDACTA IV), en la MORDAZA de Manaus-Brasil, para lo cual se ha establecido etapas para la materializacion del intercambio de informacion del radar de la MORDAZA de frontera, como es la instalacion del Software X-4000 para transmitir y recibir los datos de interes a ser transmitidos a la MORDAZA de Manaus en Brasil, definicion del enlace de comunicaciones Lima-Manaus, construccion de Interfaces, intercambio de informaciones tecnicas para el diseno y operacion del sistema; Que, durante la MORDAZA Reunion del Mecanismo de Consulta y Cooperacion entre los Viceministros de

Relaciones Exteriores y Defensa de la Republica del Peru y la Republica Federativa del Brasil, la delegacion brasilena planteo una nueva propuesta para avanzar con la concrecion del MORDAZA de integracion de los Sistemas de Vigilancia Amazonicos SIVAN-PERU y SIVAM-BRASIL; Que, la Fuerza Aerea del Peru ha propuesto al MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA PLAZA y al Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en la integracion de los Sistemas de Vigilancia Amazonicos SIVAN-PERU y SIVAM-BRASIL, a desarrollarse en la MORDAZA de Manaus, del 08 al 12 de noviembre de 2010; Que, la citada comision se encuentra incluida en el rubro 5.- Medidas de Confianza Mutua, item 147 del anexo 3 (RO), de la Resolucion Suprema Nº 260-2010DE del 09 de junio de 2010, que modifica el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Ano 2010, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 130-2010 DE/SG del 01 de MORDAZA de 2010; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica Federativa del Brasil, al MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA PLAZA y al Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en la integracion de los Sistemas de Vigilancia Amazonicas SIVAN-PERU y SIVAM-BRASIL, a desarrollarse en la MORDAZA de Manaus, del 08 al 12 de noviembre de 2010. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Manaus (BRASIL) - MORDAZA US$ 1000 x 02 Oficiales Viaticos: US$ 200 x 05 dias x 02 Oficiales Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 31 x 02 Oficiales Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 557142-10

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