Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2010 (19/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
Emergencia:

El Peruano MORDAZA, martes 19 de octubre de 2010

Segunda.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Derogar el Decreto Supremo Nº 030-2007MTC y el Decreto Supremo Nº 043-2007-MTC. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de octubre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA NORMATIVO GENERAL DEL SISTEMA DE COMUNICACIONES EN EMERGENCIAS TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Finalidad La presente MORDAZA tiene por finalidad establecer lineamientos para la gestion y operacion eficiente, oportuna y coordinada de los servicios de telecomunicaciones MORDAZA, durante y despues de una Emergencia. Articulo 2.- Definiciones Para efectos de la presente MORDAZA, se adoptan las siguientes definiciones: Abonado: Persona natural o juridica que ha celebrado un contrato de prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones con alguna de las empresas operadoras de dichos servicios, independientemente de la modalidad de pago contratado.

Situacion originada por un fenomeno de origen natural como un sismo, maremoto, alud, huaico, inundaciones u otros hechos inducidos por el hombre, que generen una situacion de peligro inminente o danen la MORDAZA o la salud de las personas, medio ambiente y/o el patrimonio; y cuya gravedad e impacto masivo a criterio del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), requiera de una atencion especial del sistema de comunicaciones de emergencias. Policia Nacional del Peru, Cuerpo General de Bomberos del Peru, INDECI, Guardacostas u otras entidades que determine el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil, encargado de la organizacion de la poblacion, coordinacion, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil. Es el titular de una concesion para prestar servicios publicos de telecomunicaciones. Es el titular de una autorizacion para operar el servicio de radioaficionado. Es el titular de una autorizacion para operar el servicio de radiodifusion sonora o por television (radio y television). Son los servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales y servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado). Es aquel que se presta a traves de una red fija, no expuesta a movimiento o alteracion, utilizando medios alambricos, opticos y/o radioelectricos. Persona natural o juridica que en forma eventual o permanente tiene acceso a algun servicio publico de telecomunicaciones. Son la(s) zona(s) afectada(s) por una Emergencia declaradas por el INDECI.

Entidades que brindan atencion en emergencia:

INDECI:

Operador:

Radioaficionado:

Radiodifusor:

Servicio publico movil:

Altas Autoridades: Altas Autoridades para las cuales el Estado contratara el servicio publico movil por satelite, segun lo previsto en el Decreto Supremo Nº 0122010-MTC. Seran determinadas por la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Autoridades: El Presidente de la Republica, el Primer y MORDAZA Vicepresidente de la Republica; el Presidente del Consejo de Ministros; el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros; los Ministros y Viceministros de Estado; los Presidentes Regionales; el Presidente del Congreso de la Republica; el Director General de la Policia Nacional del Peru (PNP); el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el Director de Hidrografia y Navegacion y el Jefe del Departamento de Oceanografia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; el Comandante y Vice Comandante del Cuerpo General de Bomberos; el Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); el Jefe del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional del INDECI (COEN); el Presidente Ejecutivo, el Director Tecnico y el Director de Sismologia del Instituto Geofisico del Peru (IGP); el Defensor del Pueblo y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).

Servicio de Telefonia fija:

Usuario:

MORDAZA afectada:

Articulo 3.- Ambito de aplicacion La presente MORDAZA sera de aplicacion y observancia obligatoria, en todo el territorio nacional, por los operadores de los servicios publicos de telecomunicaciones, los titulares de autorizaciones del servicio de radiodifusion y los radioaficionados; asi como por las entidades que brindan atencion en Emergencias y aquellas encargadas de determinar la priorizacion de la provision del servicio de energia electrica en los casos de racionamiento. TITULO I SISTEMA DE COMUNICACIONES ENTRE AUTORIDADES DEL ESTADO EN EMERGENCIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 4.- Definicion El Sistema de Comunicaciones entre Autoridades del Estado en Emergencias tiene por finalidad fortalecer las

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