Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2010 (13/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de setiembre de 2010

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Designan representantes del Ministerio ante el Proyecto Especial Pasto Grande del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0584-2010-AG MORDAZA, 10 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0307-2009AG, de fecha 14 de MORDAZA del 2009, se designo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua; Que, se ha visto conveniente dar por concluidas las designaciones mencionadas y designar a sus reemplazantes: De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande del Gobierno Regional de MORDAZA, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar como representantes del Ministerio de Agricultura ante el referido Proyecto Especial, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a don MORDAZA MORDAZA Ramos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 542431-1

PRODUCE
Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras a favor de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 566-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 23 de agosto del 2010 Visto el escrito con Registro Nº 00015650 del 18 de febrero del 2010, los adjuntos Nºs. 01, 02, 03 y 04 de fechas 12 de MORDAZA, 14 de MORDAZA, 12 de MORDAZA y 7 de MORDAZA del 2010, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de su menor hija MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAMANCHUMO; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 26920, mediante Resolucion Directoral Nº 050-99-PRE/P, del 14 de junio de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para

operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ZAIDA ISABEL" de matricula Nº PL-14044BM, de 35 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA de hielo como medio de preservacion y redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas adyacentes a la costa; Que, mediante el escrito del visto el armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de su menor hija MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera denominada "ZAIDA ISABEL" de matricula Nº PL-14044-BM, en virtud al Certificado Compendioso de Dominio expedido por la SUNARP- MORDAZA Registral Nº II - Sede Chiclayo, de la Partida Electronica Nº 50000386 del Registro de Propiedad de Embarcaciones en el que consigna a la solicitante como propietaria de la citada embarcacion; Que, lo solicitado es concordante con el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de febrero de 2007, el cual establece que para las embarcaciones sujetas al Regimen de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, el mismo que senala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que, conforme lo evaluado se determina que la embarcacion MORDAZA MORDAZA ha variado su matricula en el MORDAZA de servicio, segun el Certificado de Matricula que adjunta la solicitante; razon por la cual, la administracion en virtud de la facultad prevista en el numeral 3 del Articulo 75º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, encausa la solicitud de cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA, conjuntamente con el de modificacion de resolucion autoritativa, es decir, los procedimientos 7 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; advirtiendose que cumple con los requisitos sustantivos de ambos; y asimismo, se ha determinado que la nave no ha variado, cumpliendo asi

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