NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (13/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de setiembre de 2010 425703 sin extracción de muestras especimenes Hidrobiológicos sin valor comercial” se establece que la aprobación de este procedimiento se efectúa mediante Resolución Directoral; Con escrito de Registro Nº 56293-2010 de fecha 15 de julio de 2010, la Agencia Marítima TERMINALES PORTUARIOS PERUANOS S.A.C., solicitó autorización de investigación denominada “ESTUDIO DE LOS SISTEMAS SENSÓRICOS DE LA FAUNA MESOPELÁGICA Y HADÉLICA. CARTOGRAFÍA DEL FONDO OCEÁNICO con uso de la nave científi ca SONNE de bandera alemana; A través de Ofi cio Nº 4221-2010-PRODUCE/DGEPP- Dch, de fecha 22 de julio de 2010, se solicitó al INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE, tenga a bien emitir opinión técnica del citado proyecto a la brevedad posible, ya que de acuerdo a su conformidad éste seria ejecutado a partir del mes de agosto; Con, Ofi cio Nº DE-100-213-2010-PRODUCE/IMP, de fecha 9 de agosto de 2010, el IMARPE alcanzó el documento de respuesta respecto al proyecto de investigación, dando opinión favorable para su realización, indicando que se incluya dentro del proyecto la participación de un científi co peruano del IMARPE. Que, el Informe Nº 510-2010-PRODUCE/DGEPP de la Dirección de Consumo Humano, de fecha 20 de agosto de 2010, informa que el solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 12 de Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Procedimiento N° 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo N 008-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar permiso de investigación científi ca en aguas jurisdiccionales peruanas de la nave SONNE, de bandera alemana, representada en el Perú por la Agencia Marítima TERMINALES PORTUARIOS PERUANOS S.A.C., a ejecutarse del 30 de agosto al 20 septiembre de 2010, y consistente en: Capturar con red rectangular mesopelágica con fondo cerradizo a crustáceos, cefalópodos y peces entre 800 y 200 metros de profundidad. Los especimenes serán estudiados a bordo con diversas técnicas experimentales o fi jados químicamente para usos ulteriores en los laboratorios de los participantes respectivos. Los animales serán fi lmados y capturados con aparatos autonómicos liberados desde el barco y recogidos al cabo de 24 horas. Durante esta campaña se estudiará la zona de subducción de América del Sur a lo largo del margen continental del Perú, utilizando sonares y CTD. Artículo 2°.- De no iniciarse las operaciones de investigación dentro del plazo señalado en el artículo 1° de la presente Resolución Directoral, la autorización caducará de pleno derecho. Artículo 3°.- El Perú se reserva cualquier mención a un límite internacional marítimo por parte de los participantes de otros Estados en la expedición científi ca, así como en los documentos e informes que se pudieran generar como resultados de la investigación. Artículo 4°.- La efi cacia de la autorización otorgada por la presente Resolución Directoral queda supeditada a la obtención del permiso de navegación otorgado por el Ministerio de Defensa. Artículo 5°.- TERMINALES PORTUARIOS PERUANOS S.A.C., representante legal en el Perú de la