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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (13/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de setiembre de 2010 425712 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Lima Provincia Huarochirí Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18S Datum WGS84 Zona 18S UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Carapeca Huanza 344086.2895 8715453.0700 343855.8912 8715323.7510 Chuquilloca Huanza 341898.9153 8714419.8747 341668.4288 8714290.5153 Marka Huanza 339692.5634 8712425.4167 339461.9874 8712295.9784 Shahuac Huanza 346242.3030 8716332.2561 346011.9916 8716202.9713 Corral Shahuac Huanza 346698.2596 8716442.2856 346467.9666 8716313.0050 Tulpay Huanza 339869.5743 8713746.3459 339639.0060 8713616.9605 Aucancha Huanza 339402.5952 8712970.4365 339172.0076 8712841.0202 Corral Pampa Shahuac Huanza 346162.2997 8716207.2584 345931.9850 8716077.9686 Departamento Lima Provincia Huarochirí Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18S UTM Este UTM Norte Markapunta Huanza 338761.26 8711522.90 Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Corral Shahuac MWH-PHH-1 MWH-PHH-1 1,273.99 0.1274 149.76 Shahuac MWH-PHH-2 MWH-PHH-2 21,024.00 2.1024 662.32 Corral Pampa Shahuac MWH-PHH-3 MWH-PHH-3 684.50 0.06845 112.64 Carapeca MWH-PHH-4 MWH-PHH-4 19,147.36 1.9147 685.34 Chuquilloca MWH-PHH-5 MWH-PHH-5 79,399.28 7.9399 1157.36 Tulpay MWH-PHH-6 MWH-PHH-6 222.50 0.02225 62.35 Aucancha MWH-PHH-7 MWH-PHH-7 194.50 0.01945 61.77 Marka MWH-PHH-8 MWH-PHH-8 672.00 0.0672 107.72 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Arqueología del Instituto Nacional de Cultura la elaboración del expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Markapunta, mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 5º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 541780-10 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Asignan a Gerente Público el cargo de Subgerente de Programación e Inversiones y Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional de Ica RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 68-2010-SERVIR-PE Lima, 9 de setiembre de 2010 VISTOS, el Informe Nº 011-2010-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta del Consejo Directivo Nº 009-2010; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que se cuente con vacantes; Que, mediante Ofi cio Nº 1730-2009-GORE-ICA/ PR el Gobierno Regional de Ica solicitó, entre otros, la asignación de un Gerente Público para cubrir el cargo de Subgerente de Programación e Inversiones y Cooperación Técnica Internacional de dicha Entidad; Que, de otro lado, el Consejo Directivo en su sesión de fecha 15 de abril de 2010 aprobó la relación de profesionales que fueron incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos, entre los cuales se encuentra el señor Sandro Percy Harvey Palomino, habiéndose emitido la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 024-2010- SERVIR-PE de fecha 19 de abril de 2010; Que, en la misma sesión el Consejo Directivo aprobó la asignación del Gerente Público Sandro Percy Harvey Palomino al cargo de Subgerente de Programación e Inversiones y Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional de Ica, facultándose a la Presidenta Ejecutiva a emitir la resolución correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2010-PCM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16 de junio de 2010 se autoriza a SERVIR la asignación de Gerentes Públicos durante el Año Fiscal 2010; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM y la Directiva que aprueba los lineamientos del proceso de selección para la incorporación de Gerentes Públicos y su asignación durante el año 2010, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 3-2010-SERVIR/PE; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM;