Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2010 (13/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425717

Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, conserve el acervo documentario, ejerciendo, respecto a tal acervo, las funciones registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del articulo 44 de la Ley N° 26497 hasta la incorporacion de la misma al RENIEC. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoria Juridica la implementacion de lo dispuesto por la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 542227-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad en lo relativo al "Modulo 1.2 - Obras Privadas"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2010/MM EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 308-MM, modificada por la Ordenanza Nº 312-MM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores, cuyos derechos fueron ratificados por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 396 del 21 de octubre de 2009; Que, con fecha 08 de MORDAZA de 2010, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, mediante la cual, entre otros asuntos, se eliminaron ciertos requisitos exigidos para la tramitacion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion, situacion que tiene una incidencia directa sobre el "Modulo 1.2 ­ Obras Privadas" del MORDAZA institucional, por lo que es necesario modificarlo a efectos de que guarde concordancia con lo que establece la ley MORDAZA referida; Que, el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 ­ establece que "una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo"; Que, asimismo, el numeral 36.3 del articulo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 ­ senala que "las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente"; Que, atendiendo a la naturaleza de la modificacion propuesta, su aprobacion debe hacerse efectiva mediante decreto de alcaldia; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores, aprobado mediante la Ordenanza Nº 308-MM, modificada por la Ordenanza Nº 312-MM, especificamente el "Modulo 1.2 ­ Obras Privadas", conforme al anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente decreto de alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y, con su respectivo anexo, en el MORDAZA institucional de la Municipalidad de Miraflores (www. miraflores.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Articulo Tercero.- PRECISAR que el presente decreto de alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en el Palacio Consistorial de Miraflores a los veintisiete dias del mes de agosto de dos mil diez. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 542139-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Citibank del Peru S.A. el cierre temporal de agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 9936-2010 MORDAZA, 6 de setiembre de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Citibank del Peru S.A. para que se le autorice el cierre temporal de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente para el mencionado cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A" mediante el Informe Nº 1682010-DSB "A"; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar, en vias de regularizacion, al Citibank del Peru S.A. el cierre temporal, entre el 02 y el 13 de setiembre del 2010, como MORDAZA, de una (01) Agencia ubicada en la Av. La MORDAZA Nº 2200, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca 541874-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.