Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2010 (13/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de setiembre de 2010

Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA y Tacna, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 541951-10

ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Revocan facultades registrales conferidas a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 790-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 9 de setiembre de 2010 VISTOS: el Oficio N° 000137-2010/GPRC/RENIEC (09SET2010) emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Oficio N° 000301-2010/GPRC/SGIRC/ RENIEC (09SET2010) emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, el Oficio N° 00035982010/GOR/RENIEC (06SET2010) de la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Oficio N° 005068-2010/GOR/ JR10LIM/RENIEC (01SET2010) de la Jefatura Regional Lima; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucional MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de Registro del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado, Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del articulo 44 de la Ley N° 26497, autorizando a las referidas dependencias a disponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las Oficinas de Registros del Estado Civil; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497 establece que la Jefatura Nacional queda

autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas del Registro del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, mediante el Oficio del Visto, la Jefatura Regional MORDAZA presenta a la Gerencia de Operaciones Registrales la propuesta de revocar las facultades registrales a la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Que, mediante el oficio del visto, la Gerencia de Operaciones Registrales ha emitido opinion favorable en relacion a la revocatoria de las facultades comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del articulo 44 de la Ley Nº 26497, a la Oficina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores; dado que nuestra institucion cuenta con la capacidad operativa necesaria para atender la demanda en atencion a los ciudadanos; Que, la propuesta de revocatoria de facultades de la Oficina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles y de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, en su calidad de organo encargado del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el articulo 95 del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC; Que, siendo uno de los objetivos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC, el desarrollo y consolidacion del Sistema de Registros Civiles, y teniendo en cuenta que entre los objetivos institucionales, establecidos en el Plan Estrategico Institucional 2007-2010, se tiene previsto continuar con la incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil al RENIEC, resulta pertinente la revocatoria de las funciones registrales delegadas a la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, a efectos de otorgarle al sistema registral un manejo integral y eficaz, garantizando la seguridad juridica a favor de la ciudadania; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria parcial de funciones registrales a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; dictando las medidas correspondientes y asegurando su difusion, la cual debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26497 ­ Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 6502010/JNAC/RENIEC (20JUL2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- REVOCAR las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas respecto del acervo que conservan y el literal o) del articulo 44 de la Ley N° 26497, conferidas a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; la misma que se MORDAZA efectiva a partir del dia lunes 13 de setiembre del 2010, por lo que las inscripciones que se lleven a cabo desde la citada fecha seran de exclusiva competencia del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, RENIEC.

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