NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (13/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de setiembre de 2010 425702 del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA EMILIA de matrícula PL-4167-CM y modifi cación de Resolución Autoritativa por cambio de matrícula (puerto, número o tipo de servicio) de la embarcación pesquera MARIA EMILIA de matrícula PL-4167-BM a PL- 4167-CM; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de la Producción regula el Procedimiento Nº 20 denominado Modifi cación de Resolución Autoritativa por cambio de nombre de embarcación pesquera o matrícula (puerto, número o tipo de servicio), califi cándolo como un procedimiento de aprobación automática; Que, en tal virtud, se ha determinado que los señores OSCAR HUMBERTO, JUSTO ASENCION, JOSE SANTOS Y JORGE LUIS MARTINEZ LLENQUE, Y MARIA EMILIA LLENQUE DE MARTINEZ, han cumplido con presentar los requisitos establecidos de los Procedimientos Nºs. 7 y 20 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE; por lo que corresponde ratifi car la aprobación automática del procedimiento de Modifi cación de Resolución Autoritativa por cambio de matrícula; y aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA EMILIA de matrícula PL- 4167-CM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Técnico Nº 613-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi Complementario del Informe Técnico Nº 432-2010-PRODUCE/DGEPP- Dchi e Informe Técnico Nº 463-2010-PRODUCE/DGEPP- Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car la aprobación automática del procedimiento de Modifi cación de Resolución Autoritativa por cambio de matrícula (puerto, número o tipo de servicio) de la embarcación pesquera MARIA EMILIA de matrícula PL-4167-BM, entendiéndose que ahora será PL-4167- CM. Artículo 2º.- Aprobar a favor de los señores OSCAR HUMBERTO, JUSTO ASENCION, JOSE SANTOS Y JORGE LUIS MARTINEZ LLENQUE, Y MARIA EMILIA LLENQUE DE MARTINEZ, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera MARIA EMILIA de matrícula PL-4167-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refi ere al artículo 2º de la presente Resolución será ejercido en el extremo referido al recurso sardina (Sardinops sagax sagax), el cual será destinado al consumo humano directo, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA EMILIA de matrícula PL-4167-CM otorgado a los señores SANTOS MARTINEZ MINBELA y MARIA EMILIA LLENQUE DE MARTINEZ a través de la Resolución Directoral Nº 365- 2003-PRODUCE/DNEPP. Artículo 5º.- Incorporar a los señores OSCAR HUMBERTO, JUSTO ASENCION, JOSE SANTOS Y JORGE LUIS MARTINEZ LLENQUE, Y MARIA EMILIA LLENQUE DE MARTINEZ como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera MARIA EMILIA de matrícula PL-4167-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a los señores SANTOS MARTINEZ MINBELA y MARIA EMILIA LLENQUE DE MARTINEZ consignado en dicho anexo. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ALFONSO DE LA TORRE UGARTE SERVAT Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 541945-6 Autorizan permiso de investigación científica en aguas jurisdiccionales peruanas de nave de bandera alemana representada por la Agencia Marítima Terminales Portuarios Peruanos S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 567-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 23 de agosto del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 56293-2010 de fecha 15 de julio de 2010, mediante el cual la Agencia Marítima TERMINALES PORTUARIOS PERUANOS S.A.C., solicitó la autorización para efectuar investigación científi ca con uso de nave extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurídicas peruanas en la actividad pesquera, y propicia asimismo, la inversión extranjera con sujeción a las disposiciones pertinentes de la legislación peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investigación, conservación, etc, de los recursos hidrobiológicos; Que, el artículo 25° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE, establece que el Ministerio de la Producción, podrá autorizar a armadores de embarcaciones de bandera extranjera o instituciones especializadas extranjeras, la realización de actividades de investigación científi ca en aguas jurisdiccionales peruanas. Para tal efecto, la autorización a favor de armadores de embarcaciones de bandera extranjera estará condicionada a la obtención del permiso de navegación conferido por la Autoridad Marítima, siempre que las investigaciones se ejecuten con la obligatoria participación del personal que designe el Instituto del Mar del Perú – IMARPE; así como, proporcionar al Ministerio de la Producción la información completa relativa a la investigaciones realizadas, en el plazo que establezca la correspondiente Resolución Autoritativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE, se aprobó el presente Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, en cuyo Procedimiento Nº 12 denominado “Autorización Para Efectuar Investigación Pesquera con o