Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2010 (24/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

426233

consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 547200-1

Otorgan autorizaciones para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros a Alimentos Congelados S.A.C. e Inversiones Pesqueras Liguria S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 584-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 27 de agosto del 2010 Visto el escrito con Registro N° 00058323-2010 de fecha 22 de MORDAZA del 2010, presentado por la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el numeral 52.1 del articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de un (01) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que mediante la Resolucion Directoral N° 736-2008PRODUCE/DGEPP del 19 de noviembre del 2008, se otorgo a la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 45 t/dia, con destino al consumo humano directo, a ubicarse en el Sector Caleta Cata Cata, Parcela A-5 (Balnearios del Sur), distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que a traves de la Resolucion Directoral N° 242-2010PRODUCE/DGEPP del 12 de MORDAZA del 2010, se declaro la caducidad de pleno derecho de la autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero otorgado a la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. mediante Resolucion Directoral N° 736-2008PRODUCE/DGEPP; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2001-PE, regula entre otros, los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo; Que mediante el escrito del visto, la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. solicita nuevamente autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 45 t/dia, con destino al consumo humano directo, a ubicarse en el Sector Caleta Cata Cata, Parcela A-5 (Balnearios del Sur), distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, con fecha 20 de junio del 2008 expide

el Certificado Ambiental EIA N° 041-2008-PRODUCE/ DIGAAP, mediante el cual califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C., para el tramite de autorizacion de instalacion de una planta de congelado de productos hidorbiologicos, con una capacidad de 45 t/ dia, en su establecimiento industrial pesquero, a ubicarse en el terreno MORDAZA de 10,091.79 m2 de area, ubicado en la Parcela A-5, Av. Industrial S/N de la MORDAZA Industrial, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru­ ITP, mediante el Protocolo Tecnico para Autorizacion de Instalacion N° PTI-014-08-CG-SANIPES del 08 de setiembre del 2008, precisa que la planta de congelado de la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. se adecua a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, segun lo establecido en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe N° 5042010-PRODUCE/ DGEPP-Dch y con la conformidad de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el numeral 4 inciso b) del articulo 43°, los articulos 44° y 46° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, los articulos 49°, 52° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, a traves de una planta de congelado, a ubicarse en el Sector Caleta Cata Cata, Parcela A-5 (Balnearios del Sur), distrito y provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad: Congelado : 45 t/dia Articulo 2°.- La empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun el Certificado Ambiental EIA N° 041-2008-PRODUCE/ DIGAAP del 20 de junio del 2008. Articulo 3°.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. el plazo de un (01) ano, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite de haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; para que la interesada concluya con la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.