Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2010 (24/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de setiembre de 2010

El Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano a la empresa AUTOMOTRIZ R Y M E.I.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, a efectos de realizar en la Av. Grau N° 313 Distrito MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un Kit de conversion o cambio de motor. Articulo 2º.- La empresa AUTOMOTRIZ R Y M E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 29 de Junio del 2011 29 de Junio del 2012 29 de Junio del 2013 29 de Junio del 2014 29 de Junio del 2015

Autorizan a la empresa Vanguardia SAC como conversion a gas natural ubicado en el departamento

Vision y taller de vehicular de MORDAZA

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2303-2010-MTC/15 MORDAZA, 19 de agosto de 2010 VISTO: Los Partes Diarios N° 091221, 100797 y 106647 presentado por la empresa VISION Y VANGUARDIA SAC, mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV a fin de operar en el inmueble ubicado en Avenida El Progreso N° 1508, Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular - GNV; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe N° 913 -2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los Partes Diarios y el expediente senalados en vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa VISION Y VANGUARDIA SAC como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones de Ministerio de Transportes y Comunicaciones -Ley 29370, Ley General de Transporte de MORDAZA Terrestre Ley 27181, El reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, sobre el Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, a la empresa VISION Y VANGUARDIA SAC., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV a efectos de realizar en la avenida El Progreso N° 1508, Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, Articulo 2º.- La empresa VISION Y VANGUARDIA SAC., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa AUTOMOTRIZ R y M E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 25 de junio del 2011 25 de junio del 2012 25 de junio del 2013 25 de junio del 2014 25 de junio del 2015

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", siendo de cargo de la empresa AUTOMOTRIZ R Y M E.I.R.L., los gastos que origine su publicacion Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 546809-1

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