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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (24/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de setiembre de 2010 426249 Artículo 4°.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 546859-1 Designan funcionarios y coordinadores responsables de entregar información de acceso público, de la elaboración y actualización del portal de transparencia y de clasificar información de carácter secreto y reservado de la AATE RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 55-2010-MTC/33 San Borja, 16 de agosto de 2010. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM de fecha 22.04.03, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 06.08.03, se aprueba el Reglamento respectivo; Que, el alcance de la Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, se ha emitido la Directiva Nº 004-2008-PCM/ SGP publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 05.12.08, referida al establecimiento de Lineamientos para la Uniformización de los Portales de Transparencia de las Entidades Públicas, Directiva que dispone que se establezca las coordinaciones del procesamiento de la información de acceso público; Que, por Resolución Directoral Nº 054-2010-MTC/33 de fecha 11 de agosto de 2010, se le encarga al Ing. Luis Alberto Figuerola Bossio, como Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao-AATE; Que, el Director Ejecutivo de la AATE tiene como funciones y atribuciones dirigir la gestión integral de la AATE, dictar Resoluciones en materia de su competencia, entre otras; Que, se hace necesario dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 029-2009-MTC/AATE de fecha 31 de julio de 2009; Que, en virtud a lo expuesto precedentemente, es necesario expedir el acto administrativo correspondiente; Con la conformidad de la Gerencia de Administración y Finanzas, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y Ofi cina de Asesoría Legal; De conformidad con el D.S. Nº 043-2003-PCM, D.S. Nº 072-2003-PCM, la Directiva Nº 004-2008-PCM/SGP y en mérito al Decreto de Urgencia Nº 063-2009, R.M. Nº 508-2009-MTC/01, R.M. Nº 510-2009-MTC/01 y el Manual de Organización y Funciones de la AATE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como funcionarios responsable de entregar la información de acceso público y coordinadores: • Al Lic. Adm. Carlos Quinto Santana Pinedo, Gerente de Administración y Finanzas. • Al Ing. Ing. Luis Alberto Figuerola Bossio, Jefe (e) de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Segundo.- Designar al Urb. Edgardo Erick Reyes Jáuregui como el responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE , debiendo la Gerencia de Administración y Finanzas de la AATE supervisar periódicamente el citado Portal. Artículo Tercero.- Designar al Lic. Adm. Carlos Quinto Santana Pinedo como el funcionario encargado de clasifi car la información de carácter secreto y reservado. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 029-2009-MTC/AATE de fecha 03 de mayo de 2009. Artículo Quinto.- La Gerencia de Administración y Finanzas ha de publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO PLESENCIA CONTRERAS Director Ejecutivo A.A.T.E. 546808-1 Autorizan a la empresa Automotriz R y M E.I.R.L. como taller de conversión a gas natural vehicular ubicado en el departamento de Piura RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2073-2010-MTC/15 Lima, 26 de julio de 2010 VISTOS: El expediente registrado con N° 2010-0010841 de fecha 09 de julio del 2010; presentado por la empresa AUTOMOTRIZ R Y M E.I.R.L., mediante el cual solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV a fi n de operar en el inmueble ubicado en la Av. Grau N° 313 Distrito Castilla, Provincia y Departamento de Piura y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 823 -2010-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante el Parte Diario señalado en Vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AUTOMOTRIZ R Y M E.I.R.L., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o cambio de motor; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ley Nº 29370, Ley General de Transporte de Tránsito Terrestre- Ley Nº 27181,