Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2010 (24/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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que enarbolen bandera extranjera MORDAZA suscrito con el Peru un acuerdo, en forma escrita, que tenga como objeto poner en practica proyectos especificos de cooperacion tecnica. En MORDAZA lugar, que dicho MORDAZA en el MORDAZA del acuerdo de cooperacion tecnica suscrito este desarrollando programas de cooperacion pesquera, y en tercer lugar, que se acredite el cumplimiento cabal de las exigencias y estipulaciones previstas en los acuerdos, en tanto estos hayan respetado las formalidades previstas por la normativa correspondiente; Que, por lo MORDAZA senalado la Oficina General de Asesoria Juridica, concluye que si bien existe un Acuerdo suscrito entre Peru y Japon, y se viene desarrollando un proyecto de cooperacion pesquera, no se encuentra en desarrollo ningun programa, por lo que las embarcaciones de bandera extranjera que enarbolen bandera de Japon no se encuentra en el supuesto del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 163-2010-PRODUCE, en consecuencia la solicitud del recurrente deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 523-2010PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; la Resolucion Ministerial Nº 163-2010-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C., en representacion de NATIONAL FEDERATION OF FISHERIES CO-OPERATIVE ASSOCIATIONSZENGYOREN, de Japon, representante del armador japones ZENNOSUKE IWAMURA, relacionada con el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera denominada "INARI MARU Nº 21", en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales, asi como la licencia para la operacion de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desarrollar la actividad de congelado; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 547200-8

Visto el Expediente N° 09-012879-001, que contiene el Memorando N° 1957-2009-OGA/MINSA de la Oficina General de Administracion, el Informe N° 200-2009-OPOGPP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 844-2009-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1753-2002SA/MINSA del 5 de noviembre de 2002, se aprobo la "Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Medico-Quirurgicos (SISMED)", con la finalidad de garantizar el acceso de la poblacion de menores recursos a los medicamentos esenciales e insumos medico quirurgicos, a traves de un abastecimiento adecuado, oportuno y permanente; Que, asimismo, el articulo 3° de la acotada Resolucion, senala que la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas y la Oficina General de Administracion, entre otras, estableceran las medidas especificas complementarias de caracter tecnico administrativo que MORDAZA necesarias para el debido cumplimiento de la Directiva aprobada; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 8872007/MINSA del 23 de octubre de 2007, se establecio el procedimiento para la transferencia de fondos de las Redes Unidades Ejecutoras a las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud (DISA/DIRESA) durante el ejercicio presupuestal 2007, con el fin de lograr un abastecimiento de medicamentos oportuno y adecuado de los mismos; Que, en virtud a la Resolucion Directoral Nº 0012009-EF/93.01 del 30 de enero de 2009, se aprueba el uso obligatorio del Plan Contable Gubernamental, y mediante Resolucion Directoral Nº 043-2009-EF/76.01 del 29 de diciembre de 2009, se aprobaron, entre otros, los Clasificadores Presupuestarios para el Ano Fiscal 2010; por lo que resulta necesario actualizar el procedimiento a seguir por las Redes Unidades Ejecutoras para transferir los fondos que correspondan al reembolso de medicamentos de su Cuenta Corriente de Transferencias a las DISA/DIRESA/GERESA; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Administracion, del Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva Administrativa N°164 -MINSA/OGA - V.01 "DIRECTIVA ADMINISTRATIVA PARA LA TRANSFERENCIA DE FONDOS DE LAS REDES UNIDADES EJECUTORAS A LAS DISA/DIRESA/GERESA", la misma que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_ normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 546972-1

SALUD
Aprueban "Directiva Administrativa para la Transferencia de Fondos de las Redes Unidades Ejecutoras a las DISA/ DIRESA/GERESA"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 728-2010/MINSA MORDAZA, 20 de setiembre del 2010

Aprueban Documento Tecnico: Plan de Implementacion de la estrategia de riesgo con secas intermitentes en el cultivo de arroz para el control vectorial de la malaria en regiones priorizada del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 730-2010/MINSA MORDAZA, 20 de setiembre del 2010

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