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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (26/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de setiembre de 2010 426397 Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 650- 2010/JNAC/RENIEC (20JUL2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- REVOCAR las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del artículo 44 de la Ley N° 26497, conferidas a la Ofi cina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, mediante Resolución Jefatural N° 023- 96-JEF, la que se hará efectiva a partir del día jueves 30 de Setiembre del 2010. Artículo Segundo.- INCORPORAR la Ofi cina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, la misma que incluye su acervo documentario e información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, designada con Resolución Jefatural Nº 210-2009-JNAC/RENIEC, de fecha 20 de Abril del 2009, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, para el traslado del acervo documentario físico e información sistematizada en formato electrónico al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el articulo precedente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 548481-1 Aprueban Formato de Acta Registral de Defunción en Línea RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 836-2010-JNAC/RENIEC Lima, 23 de setiembre del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 002182-2010/GI/RENIEC (16SET2010) emitido por la Gerencia de Informática; el Informe Nº 000192-2010/GI/SGIS/RENIEC (15SET2010), emitido por la Sub Gerencia de Ingeniería de Software; el Ofi cio Nº 001596-2010/GRC/RENIEC (20SET2010), emitido por la Gerencia de Registros Civiles e Informe N° 001580- 2010-GAJ/RENIEC (22SET2010), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Con tal fi n, desarrollará técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y efi caz de la información; Que, asimismo, los literales b) y c) del artículo 7º de la Ley Nº 26497, precisan que, corresponde a la Entidad, registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifi quen el estado civil de las personas, así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refi eran susceptibles de inscripción y los demás actos que señale la ley; del mismo modo, emite las constancias de inscripción correspondientes; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 019-99-JEF/ RENIEC (19ENE1999), se aprobaron los formatos de actas de inscripción de los tres hechos vitales, los mismos que reemplazaron a los formatos aprobados por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF/RENIEC (03ABR1996) que fuera modifi cada por Resolución Jefatural Nº 072-96-JEF/ RENIEC (07NOV1996); Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 782- 2009-JNAC/RENIEC (23NOV2009), se precisó el mérito probatorio del Acta de Defunción, indicando que constituye un instrumento jurídico que acredita el fallecimiento y que su información esencial está constituida por los datos referidos al nombre, documento de identidad del difunto, así como la fecha y lugar donde ocurrió el deceso; Que, asimismo mediante Resolución Jefatural Nº 023- 2010-JNAC/RENIEC (18ENE2010) se aprobó el Formato de Acta Registral de Defunción en Línea; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 818-2010- JNAC/RENIEC (20SET2010), se dejó sin efecto el acto resolutivo señalado en el párrafo precedente, aprobando el Formato de Acta Registral de Defunción en Línea, el cual como anexo formó parte de la resolución; Que, el Formato de Acta Registral de Defunción en Línea aprobado, difi ere del Formato remitido por la Gerencia de Informática, remitido mediante los documentos de visto y que cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Registros Civiles, de acuerdo a lo señalado en el Ofi cio Nº 001596-2010/GRC/RENIEC (20SET2010); Que, estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde la rectifi cación de ofi cio del citado error material, en la misma forma que correspondió el acto original; Que, resulta de vital importancia que la ciudadanía tome conocimiento de lo dispuesto en la presente resolución; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, al Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 650- 2010-JNAC/RENIEC (20JUL2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 818-2010-JNAC/RENIEC (20SET2010), que aprobó el Formato de Acta Registral de Defunción en Línea. Artículo Segundo.- Aprobar el Formato de Acta Registral de Defunción en Línea, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Registros Civiles e Imagen Institucional, la difusión de la presente resolución jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional