Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

regulado en la Resolucion de Superintendencia N.° 2452008/SUNAT; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009JUS, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello resulta innecesario dado que solo se esta regulando una forma alternativa para que los empleadores de trabajadores del hogar cumplan con realizar la declaracion y/o pago de las contribuciones al EsSalud, a la ONP y las primas por concepto del seguro + MORDAZA Seguro de Accidentes, y que para la modificacion de datos que, de ser el caso, se necesitara realizar, se hace aplicable el mismo procedimiento actualmente vigente para aquellos consignados en la declaracion presentada mediante el Sistema Pago Facil o el Formulario N.° 1076 ­ Trabajadores del Hogar; En uso de las facultades conferidas por el articulo 12° del Decreto Supremo N.° 039-2001-EF, los articulos 29° y 88° del TUO del Codigo Tributario, el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501, y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DEFINICIONES Para efecto de la presente resolucion se entendera por:
a) Clave SOL : Al texto conformado por numeros y letras de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al codigo de usuario otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Linea. : Al texto conformado por numeros y letras que permite identificar al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Linea. : Al(A los) empleador(es) Trabajadores del Hogar. : Al Seguro Social de Salud. de

El citado formulario estara disponible en SUNAT Virtual a partir del 4 de MORDAZA de 2011. Articulo 3°.- CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO PARA EFECTUAR LA DECLARACION Y EL PAGO 3.1 El Formulario Virtual N.° 1676 ­ Trabajadores del Hogar podra ser utilizado para cumplir con la MORDAZA de las declaraciones correspondientes al periodo tributario marzo de 2011 y los posteriores. Asimismo, el formulario virtual podra ser empleado por los omisos a la MORDAZA de las declaraciones correspondientes a los periodos tributarios enero de 2009 a febrero de 2011. 3.2 Para presentar la declaracion y realizar el pago mediante SUNAT Virtual, el empleador debera: a) Ingresar a SUNAT Operaciones en Linea con el Codigo de Usuario y la Clave SOL. b) Ubicar el formulario respectivo e ingresar la informacion que corresponda siguiendo las indicaciones que se detallan en dicho formulario. c) Optar, para cancelar el importe a pagar, por alguna de las modalidades que se indican a continuacion: i.Pago mediante debito en cuenta: En esta modalidad, se ordena el debito en cuenta del importe a pagar indicado en el formulario virtual, al banco que seleccione de la relacion de bancos que tiene habilitada SUNAT Virtual y con el cual ha celebrado previamente un convenio de afiliacion al servicio de pago de tributos con cargo en cuenta. La cuenta en la que se realizara el debito es de conocimiento exclusivo del deudor tributario y del banco. ii. Pago mediante tarjeta de credito o debito: En esta modalidad, se ordena el cargo en una tarjeta de credito o debito del importe a pagar indicado en el formulario virtual, al operador de tarjeta de credito o debito que se seleccione de la relacion que tiene habilitada SUNAT Virtual y con el cual previamente existe afiliacion al servicio de pagos por Internet. En ambos casos, el empleador debera cancelar el integro del importe a pagar consignado en la declaracion, a traves de una unica transaccion bancaria. Articulo 4°.- CAUSALES DE RECHAZO DEL FORMULARIO VIRTUAL Las causales de rechazo del formulario virtual son las siguientes: a) Tratandose del pago con debito en cuenta:

b) Codigo de Usuario

c) Empleador(es)

d) EsSalud e) Importe a Pagar

: Al monto consignado en la MORDAZA del formulario virtual aprobado por el articulo 2° denominada Importe a pagar. : A la Oficina de Normalizacion Previsional.

f) ONP

i. Que el empleador no posea cuenta afiliada; ii. Que la cuenta no posea los fondos suficientes para cancelar el importe a pagar; o, iii. Que no se pueda establecer comunicacion con el servicio de pago del banco. b)Tratandose del pago mediante tarjeta de credito o debito: i. Que no se utilice una tarjeta de credito o debito afiliada al servicio de pagos por Internet; ii. Que la operacion mediante tarjeta de credito o debito no sea aprobada por el operador de tarjeta de credito o debito correspondiente; iii. Que no se pueda establecer comunicacion con el servicio de pago del operador de tarjeta de credito o debito. c) En cualquier caso, cuando la recepcion de la declaracion o de la declaracion y pago no se culmine por un corte en el sistema. La declaracion sera considerada como no presentada cuando se produzca alguna de las causales de rechazo. Articulo 5°.- MORDAZA DE MORDAZA La MORDAZA de MORDAZA es el unico comprobante de la operacion efectuada por el empleador, la cual se emitira de acuerdo con lo siguiente:

g) SUNAT Operaciones en Linea : Al sistema informatico disponible en la Internet que permite realizar operaciones en forma telematica entre el usuario y la SUNAT. h) SUNAT Virtual : Al MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya direccion es http:// www.sunat.gob.pe.

Cuando se mencionen articulos sin indicar la MORDAZA legal a la que corresponden, se entenderan referidos a la presente resolucion. Articulo 2°.- APROBACION DEL FORMULARIO VIRTUAL Apruebase el Formulario Virtual N.° 1676 ­ Trabajadores del Hogar, a ser utilizado de manera opcional por los empleadores para efectuar la declaracion y el pago mensual de las contribuciones al EsSalud y a la ONP bajo el regimen del Decreto Ley N.° 19990 asi como de las primas correspondientes al seguro + MORDAZA Seguro de Accidentes.

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