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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 440846 Que, según el artículo 34 del Decreto Supremo referido, se precisa que el Reglamento de Organización y Funciones-ROF, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 303-MM de fecha 14 de mayo de 2009, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones-ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores; Que, mediante Informe Nº 030-2011-GP-MM de fecha 01 de abril de 2011, la Gerencia de Planifi cación eleva el Informe Nº 004-2011-SGRYE-GP/MM de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, en virtud del cual se sustenta técnicamente que habiéndose emitido el Acuerdo de Concejo Nº 02-2011/MM publicado con fecha 09 de enero de 2011 en el Diario Ofi cial El Peruano, por el cual se declaró la emergencia y la reestructuración administrativa y orgánica de esta entidad, con el objetivo de prestar los servicios públicos municipales con efi ciencia y en la debida oportunidad para los vecinos del distrito, resulta indispensable reformular el organigrama estructural de la entidad y el Reglamento de Organización y Funciones, con el fi n de cumplir con efi ciencia las labores propias de la gestión edil; Que, mediante Informe Nº 120-GAJ/MM de fecha 04 de abril de 2011, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que en el proyecto propuesto por la Subgerencia de Racionalización y Estadística se han considerado los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes de la corporación con mayor efi ciencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afi nes, la eliminación de posibles confl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; habiendo formulado algunas recomendaciones; Que, de igual modo, según Informe Nº 032-2011- GP-MM, la Gerencia de Planifi cación señala que la Subgerencia de Racionalización y Estadística, mediante Informe Nº 005-2011-SGRYE-GP/MM, amplió el informe técnico sustentatorio en el que se incorporaron las recomendaciones formuladas por la Gerencia de Asesoría Jurídica, a fi n de cumplir con las precisiones establecidas según los parámetros del Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo por MAYORÍA, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES –ROF DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Artículo Primero.- APROBAR la nueva Estructura Orgánica, y el Reglamento de Organización y Funciones¬- ROF de la Municipalidad de Mirafl ores, el cual consta de seis (06) Títulos, siete (07) Capítulos, ciento cincuenta y ocho (158) Artículos y diez (10) Disposiciones Complementarias, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde, disponer la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal-CAP y el Presupuesto Analítico de Personal- PAP, en el plazo de noventa (90) días calendario. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 303-MM de fecha 14 de mayo de 2009, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones-ROF y la modifi cación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, y cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Planifi cación a través de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del dispositivo que se aprueba, en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal del Estado Peruano, y en el Portal Institucional de la entidad (www.mirafl ores.gob.pe), conforme a ley. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 627036-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ratifican Acuerdo que fija remuneración de alcaldesa y monto de dieta de regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 00006-2011/MDSA Santa Anita, 29 de marzo de 2011 VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el punto referido a la remuneración de la Alcaldesa y Dietas de los Regidores. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar la remuneración del Alcalde y dieta de los regidores. Asimismo su artículo 21º establece que dicha aprobación se efectúa dentro del primer trimestre del primer año de gestión. Que, el literal d) del Artículo 4º de la Ley Nº 28212, modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 concordante con lo dispuesto en los literales a), b) c) y d) del numeral 3.2 del Art. 3º del D. S. Nº 025- 2007-PCM establece que los Alcaldes provinciales y Distritales reciben una remuneración mensual que es fi jada por el Concejo Municipal en proporción a la población electoral de la circunscripción, de acuerdo a la información de la población electoral emitida por el RENIEC, y el monto remuneración mensual no supere los cuatro y un cuarto unidades de ingresos del sector público. Que, mediante Informe Nº 017-2011-GPPR-GG/ MDSA, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización da cuenta que existe una asignación presupuestal de la remuneración de la Alcaldesa en S/. 7, 800.00 y su equivalente al 30% para las dietas de los regidores ascendente a S/. 2,340.00; recomendando que dicha aprobación se desarrolle dentro de la normatividad vigente y de las leyes anuales de presupuesto. Conforme se precisa también en el Informe Nº 093-2011-GAJ/MDSA, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad. ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR para el período 2011- 2014 el Acuerdo de Concejo Nº 0023-2007/MDSA, que fi ja la remuneración de la Alcaldesa en S/. 7,800.00 y la Dieta de los Regidores en S/. 1,170.00 por asistencia efectiva a cada sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de dos sesiones mensuales, que es el equivalente al 30% de la remuneración de la Alcaldesa. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General, Gerencia de Administración y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 626710-1