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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 440838 Supernumerario del Trigésimo Cuarto Juzgado Civil de Lima, mientras dure el periodo de vacaciones de la doctora Vidal Ccanto, esto es, del 15 al 29 de abril del año en curso. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archivese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 627093-1 Establecen conformación de la Tercera Sala Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 295-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 11 de abril del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 026675-2011, la doctora Alicia Margarita Gómez Carbajal, Presidenta de la Tercera Sala Civil de Lima, solicita licencia con goce de haber por motivo de salud, por los días 12, 13 y 14 de abril del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que completará el Colegiado de la Tercera Sala Civil de Lima, estando a la licencia de la doctora Gómez Carbajal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora JUANA MARÍA TORREBLANCA NUÑEZ, Juez Titular del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Civil de Lima, por los días 12, 13 y 14 de abril del presente año, por la licencia de la doctora Gómez Carbajal, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Tercera Sala Civil de Lima: Dr. Rosa María Ubillus Fortini Presidente Dra. Dora Zoila Ampudia Herrera (T) Dra. Juana Torreblanca Núñez (P) Artículo Segundo: DESIGNAR a la doctora ANA DEYBY MORALES CARDO como Juez Supernumeraria del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, por la promoción de la doctora Torreblanca Núñez, por los días 12, 13 y 14 de abril del presente año. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archivese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 627094-1 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Declaran infundada reconsideración interpuesta contra la Res. Nº 088-2010- PCNM mediante la cual se destituyó a juez suplente del Juzgado Mixto de la provincia de Bellavista RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 082-2011-CNM San Isidro, 25 de febrero de 2011 VISTO; El recurso de reconsideración interpuesto por el doctor Luis Ezequiel Correa Mantilla contra la Resolución Nº 088- 2010-PCNM, de 25 de febrero de 2010; CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolución Nº 051-2009-PCNM, de 20 de marzo de 2009, el Consejo Nacional de la Magistratura abrió proceso disciplinario al doctor Luis Ezequiel Correa Mantilla, por su actuación como Juez Suplente del Juzgado Mixto de la Provincia de Bellavista de la Corte Superior de Justicia de San Martín; Segundo: Que, por Resolución Nº 088-2010- PCNM, de 25 de febrero de 2010, se resolvió dar por concluido dicho proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y, en consecuencia, imponer la sanción de destitución al doctor Luis Ezequiel Correa Mantilla, por su actuación como Juez Suplente del Juzgado Mixto de la Provincia de Bellavista de la Corte Superior de Justicia de San Martín; Tercero: Que, dentro del término de ley, el recurrente interpuso recurso de reconsideración contra la resolución citada en el considerando precedente, señalando que “… la sanción impuesta es un extremo de la medida, la misma que debe ser aplicada teniendo en cuenta (…) CIERTOS PATRONES DE CONDUCTA COMO SER HABITUAL, REINCIDENTE, REITERANTE y otros agravantes, como que sean públicos y notorios …” (sic); y agrega que, la sanción aplicada es un exceso y debe ser -a su parecer- corregida; Cuarto: Que, asimismo, expresó que el fallo del Tribunal Constitucional que habría inobservado no se aplica a todos los casos de casinos y tragamonedas, pues cada uno tiene sus particularidades, y que observa intromisión del Tribunal en el quehacer judicial; y, fi nalmente, señala que el artículo 34º de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura establece que no se puede emitir resolución defi nitiva sin previa audiencia del interesado, la cual no se realizó, por lo que la decisión debe ser reformada; Quinto: Que, respecto a los patrones de conducta invocados por el recurrente, cabe señalar que la Ley Orgánica del Consejo no prevé como requisito para aplicar la sanción de destitución, la imposición de sanciones previas, por lo que la sanción impuesta se aplicó de conformidad con el artículo 31º numeral 2 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; asimismo, cabe señalar que el Consejo