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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (15/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de abril de 2011 441064 la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano y de la culminación del proceso de transferencia de competencias y funciones del ciclo 2007, comprendidas en el Art. 53 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Ambiental y de Ordenamiento Territorial, entre otros temas de interés a solicitud de las partes involucradas directamente en el proceso de descentralización; Que, con el indicado ofi cio, se ha remitido la relación de los miembros que conformarán dicha Comisión Intergubernamental, rigiéndose los objetivos, alcance y otros aspectos de interés para su adecuado funcionamiento, a lo dispuesto en la norma en mención; por lo que, deberá procederse a su reconocimiento mediante la resolución correspondiente; De conformidad con los Decretos Supremos N° 047-2009-PCM y N° 115-2010-PCM; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocimiento de la Comisión Intergubernamental según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM Reconocer a la Comisión Intergubernamental del Ministerio del Ambiente, encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano, para que se ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales, así como desarrollar otros temas de interés sectorial, que acuerden las partes involucradas en el proceso de descentralización, en mérito a lo dispuesto en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM. Dicha Comisión estará integrada por representantes del Ministerio del Ambiente, uno de los cuales la presidirá; representantes de los Gobiernos Locales, Representantes de los Gobiernos Regionales, representante del Ministerio de Economía y Finanzas; y, representante de la Secretaría de Descentralización, conforme se detalla en el anexo adjunto a la presente resolución. La Comisión, mediante comunicación acreditara a sus miembros; pudiendo convocar la participación de instancias representativas de los gobiernos regionales y locales, así como entidades y órganos de la administración pública y privada. Artículo 2º.- Instalación de la Comisión El Ministerio del Ambiente, que preside dicha Comisión, deberá proceder a su instalación con los representantes que hayan sido reconocidos por la Secretaría de Descentralización, por efecto de la presente norma. Artículo 3º.- Reconocimiento de Nuevos Representantes Para el reconocimiento de nuevos representantes ante dicha Comisión, ya sea porque se están incorporando nuevos miembros o porque sus actuales miembros, por convenir a sus intereses, designen a nuevos representantes en reemplazo de los que sean reconocidos por la presente resolución, será sufi ciente que tales designaciones sean comunicadas ofi cialmente a la Presidencia de la Comisión, con copia a la Secretaría de Descentralización, para la supervisión correspondiente. Artículo 4º.- Actuación de la Comisión Intergubernamental y de la Secretaría de Descentralización La Comisión Intergubernamental, a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución, actuarán acorde a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2009- PCM, lo señalado en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales del año 2009 y demás planes anuales de transferencia en lo que corresponda; La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuará de acuerdo a las atribuciones que le asignan el Decreto Supremo Nº 027- 2007-PCM y el marco normativo vigente. Artículo 5º.- Asistencia Técnica de las Secretarías de Gestión Pública y de Descentralización, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministerio de Economía y Finanzas Las Secretarías de Gestión Pública y de Descentralización, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y el Ministerio de Economía y Finanzas, según corresponda, brindarán asistencia técnica a la Comisión Intergubernamental, materia del presente, en el establecimiento de las disposiciones para el desarrollo de los componentes de la gestión descentralizada, de acuerdo a la naturaleza de las competencias y funciones transferidas, en concertación con los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda. Complementariamente, el Ministerio de Economía y Finanzas brindará asistencia técnica a esta Comisión, en los asuntos que se señalan en el numeral 6.3 del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, antes mencionado. Artículo 6º.- Productos entregables de la Comisión Intergubernamental La Comisión Intergubernamental, a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución, deberá producir, por lo menos, los siguientes entregables: i) situación del ejercicio compartido de las funciones transferidas, ii) esquema de gestión descentralizada de las funciones transferidas y iii) identifi cación de los servicios públicos para el desarrollo de la gestión descentralizada y costos asociados a los mismos. Todo ello sobre la base del seguimiento a los Convenios de Gestión. El Ministerio del Ambiente deberá presentar, a la Secretaría de Descentralización, un primer informe de cumplimiento de las funciones asignadas a dicha Comisión, en el mes de diciembre del año 2011 y luego de acuerdo a lo establecido en el literal d), numeral 4.3 del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, en mención. Artículo 7º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial y su Anexo, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob. pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZUÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO RELACIÓN DE REPRESENTANTES DEL GOBIERNO NACIONAL, GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES ANTE LA COMISION INTERGUBERNAMENTAL DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, CONFORMADA EN EL MARCO DEL DECRETO SUPREMO N° 047-2009- PCM (OFICIO Nº 150-2011-DVMGA/MINAM) Nº Gobierno Nacional / Gobiernos Regionales/ Gobiernos Locales Representantes Ofi cio 1 Ministerio del Ambiente Ocho (08) representantes uno de los cuales la presidirá, dentro de los cuales se incluye: • Un representante del Viceministerio de Gestión Ambiental. • Un representante del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales. • Un representante de la ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. • Otros representantes de los organismos adscritos al MINAM. Ofi cio Nº 585-2010-DVMGA/ MINAM 2 Ministerio de Economía y Finanzas • Un representante Ofi cio Nº 232-2010-DVMGA/ MINAM G o b i e r n o s Regionales • Un representante de los Gobiernos Regionales a través de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR. Ofi cio Nº 231-2010-DVMGA/ MINAM 3 Gobiernos Locales • Un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú - AMPE • Un representante de las Municipalidades Rurales a través de REMURPE Ofi cio Nº 267-2010-DVMGA/ MINAM Ofi cio Nº 230-2010-DVMGA/ MINAM 4 Gobierno Regional de Amazonas • Un representante Ofi cio Nº 016-2011-DVMGA/ MINAM