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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de abril de 2011 441069 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual deberá ser aprobado por Resolución Ministerial, conforme al procedimiento establecido en el numeral 11.3.b de la Directiva N° 05-CND-P-2005, “Procedimiento para la formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobado por Resolución Presidencial N° 081- CND-P-2005; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; De acuerdo con el documento del Visto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2011” del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, el cual consta de veintiún (21) folios y un Anexo de tres (03) folios, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Plan y el Anexo antes mencionados, en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe). Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 628004-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Intersectorial de Empleo creada por D.S. Nº 012-2003-TR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 109-2011-MINCETUR/DM Lima, 12 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2003-TR, se creó la Comisión Intersectorial de Empleo, encargada de formular, proponer y recomendar propuestas que coadyuven a armonizar las políticas sectoriales en materia de promoción del empleo, así como el articular los diferentes programas públicos y proyectos de inversión con énfasis en el fomento del empleo productivo y actividades económicas sostenibles; Que, dicha Comisión está conformada, por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, quien la preside, y entre otros miembros, por el representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con rango de Viceministro, Secretario General o Jefe de Gabinete de Asesores; Que, es necesario designar al representante titular y alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante dicha Comisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la Viceministra de Turismo y al Viceministro de Comercio Exterior, como representante titular y alterno respectivamente, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comisión Intersectorial de Empleo, creada por el Decreto Supremo Nº 012-2003-TR. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 151-2009-MINCETUR/DM. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Viceministro de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien ejerce la Secretaría Técnica de la Comisión antes mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 628003-1 CULTURA Eliminan diversos procedimientos administrativos del TUPA del Instituto Nacional de Cultura aprobado por D.S. Nº 022-2002-ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2011-MC Lima, 13 de abril de 2011 Visto, el Informe Nº 055-2011-OPP-SG/MC elaborado por la Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación del Ministerio de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2002-ED se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA del Instituto Nacional de Cultura que incluye los servicios que presta en exclusividad; Que, por Resolución Ministerial Nº 0546-2007-ED, de fecha 28 de diciembre de 2007, se suprimieron del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Instituto Nacional de Cultura diversos procedimientos administrativos; Que, el numeral 36.3 del Artículo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos, o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, el numeral 38.5 del Artículo 38º dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, debe realizarse por Resolución Ministerial del Sector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM se aprobó el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2011-MC, se dispuso la fusión por absorción del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura, entre otros organismos públicos; estableciendo en su Artículo 2º, que con dicha entidad concluye el 30 de setiembre de 2010; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del citado Decreto Supremo Nº 001-2010-MC establece que hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos y los servicios de las entidades fusionadas a dicho Ministerio; Que, desde la fecha de entrada en vigencia del TUPA del Instituto Nacional de Cultura en el año 2002 hasta la actualidad, se han emitido diversas disposiciones legales que hacen inoperantes los servicios públicos que presta la Institución a los administrados, situación que ha motivado la revisión de los procedimientos administrativos consignados en dicho TUPA, incluidos los servicios que presta en exclusividad; Que, en el marco del proceso de simplifi cación administrativa establecido por la Secretaría de Gestión Pública, se ha efectuado la revisión y análisis de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA del Instituto Nacional de Cultura aún vigentes, conjuntamente con las unidades orgánicas y dependencias del Ministerio de Cultura, por lo que se ha identifi cado que diversos procedimientos administrativos deben ser eliminados, debido a que corresponden a funciones propias que el ex - Instituto Nacional de Cultura realizaba, así como los que