Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2011 (21/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

Articulo 2º.- Comunicacion a las Entidades El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la adecuada puesta en ejecucion de las preferencias arancelarias aplicables a la Republica Bolivariana de Venezuela, asi como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 631725-5

establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a la provenientes de convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de las donaciones MORDAZA mencionadas; De conformidad con la citada Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley N° 27790 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo- MINCETUR, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y el Manual de Organizacion y Funciones del MINCETUR, aprobado por Resolucion Ministerial N° 073-2005MINCETUR/DM; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, del Director General de la Oficina General de Administracion y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar las donaciones efectuadas a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR por parte de la Camara de Comercio de MORDAZA, la Sociedad Nacional de Industrias, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Produccion del MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de la MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio y la Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Produccion de Tacna, la Asociacion de Exportadores, la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana, la Camara de Comercio e Industria de Ilo, la Camara de Comercio y Produccion de Aguas Verdes, la Camara de Produccion, Comercio, Turismo y Servicios de Paita, la Camara de Comercio y Produccion de la Provincia del MORDAZA, y la Camara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura, en los periodos: setiembre a diciembre de 2007 por DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO CINCUENTICINCO Y 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 221,155.50), enero a diciembre de 2008 por DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTIDOS Y 06/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'523,892.06), enero a noviembre de 2009 por UN MILLON NOVECIENTOS TREINTITRES MIL TREINTINUEVE Y 30/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'933,039.30), MORDAZA a diciembre de 2009 por TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/.322,961.25) y enero a diciembre de 2010 por DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CIENTO DOS Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'360,102.67), sumas que se detallan en los anexos que en cuatro (4) folios se adjuntan y forman parte de la presente Resolucion Ministerial y cuyo monto total asciende a SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y 78/100 NUEVOS SOLES (S/.7'361,150.78). Articulo 2°.- Las donaciones a que se refiere el articulo precedente seran destinadas a financiar las actividades operativas inherentes a la competencia funcional del MINCETUR. Articulo 3°.- Agradecer a las instituciones mencionadas en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, por su importante contribucion. Articulo 4°.- La Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo es la encargada de realizar las gestiones presupuestarias que se deriven de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 631723-1

Aceptan donaciones efectuadas a favor del Ministerio destinadas a financiar actividades operativas inherentes a su competencia funcional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 117-2011-MINCETUR/DM MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 Visto el Memorandum N° 508-2010-MINCETUR/ SG/OGPPD de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, los Memorandum Nos. 12502010 y 688-2011-MINCETUR/SG/OGA, de la Oficina General de Administracion y los Informes Nos. 057-2010 y 07-2011-MINCETUR/SG/OGA/OAF de la Oficina de Administracion Financiera. CONSIDERANDO: Que, la Camara de Comercio de MORDAZA, la Sociedad Nacional de Industrias, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Produccion del MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de la MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio y la Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Produccion de Tacna, la Asociacion de Exportadores, la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana, la Camara de Comercio e Industria de Ilo, la Camara de Comercio y Produccion de Aguas Verdes, la Camara de Produccion, Comercio, Turismo y Servicios de Paita, la Camara de Comercio y Produccion de la Provincia del MORDAZA, y la Camara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura han efectuado donaciones a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en los periodos: setiembre a diciembre de 2007 por DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO CINCUENTICINCO Y 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 221,155.50), enero a diciembre de 2008 por DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTIDOS Y 06/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,523 892.06), enero a noviembre de 2009 por UN MILLON NOVECIENTOS TREINTITRES MIL TREINTINUEVE Y 30/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'933,039.30), MORDAZA a diciembre de 2009 por TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/.322,961.25) y enero a diciembre de 2010 por DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CIENTO DOS Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'360,102.67), cuyo monto total asciende a SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y 78/100 NUEVOS SOLES (S/.7'361,150.78); Que, el articulo 69° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,

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