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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (21/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de abril de 2011 441381 Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo N° 278-2010-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2011; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de abril de 2011; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 01/04/2011 al 15/04/2011 348 733 527 3 681 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TOLEDO ARBURÚA Viceministro de Economia 631716-1 EDUCACION Designan miembros del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2011-ED Lima, 20 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, se regulan los procesos de evaluación, acreditación y certifi cación de la calidad educativa, se defi ne la participación del Estado en ellos y se regula el ámbito, la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE), a que se refi eren los Artículos 14º y 16º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; Que, el Artículo 29º de la mencionada Ley, establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU, es el órgano operador del SINEACE, encargado de defi nir los criterios, indicadores y estándares de medición para garantizar en las universidades públicas y privadas, los niveles aceptables de calidad, así como alentar la aplicación de las medidas requeridas para su mejoramiento; Que, el Artículo 32º de la referida norma establece que el Consejo cuenta con un Directorio como órgano de dirección conformado por seis (6) expertos de reconocida trayectoria en el campo de la evaluación, acreditación y certifi cación, propuestos, uno por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, uno por las Universidades Públicas, uno por las Universidades Privadas, uno por los Gremios Empresariales, uno por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú, y uno por el Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN; los cuales son designados por un período de tres años, renovables por tercios cada año; Que, mediante Resolución Suprema Nº 034-2007- ED del 15 de noviembre del 2007 se designaron a los miembros del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU; Que, habiendo culminado el período de tres años del Directorio del CONEAU, las instituciones señaladas en el tercer párrafo han designado a sus respectivos representantes, en el marco de lo establecido en el Artículo 32º de la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 32.1 del Artículo 32º de la Ley Nº 28740 y en el Artículo 60º del Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designación del Directorio del CONEAU Designar a partir de la fecha de la presente Resolución Suprema a los miembros del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU, el cual quedará integrado por las siguientes personas: - Dr. Edwin Binet Uribe Pomalaza, por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. - Prof. Wilson Manfredo Alcantara Vidal, por las Universidades Públicas; - Mg. Jaime Zarate Aguilar, por las Universidades Privadas; - Sr. Jonathan Golergant Niego, por los Gremios Empresariales; y, - Mg. Miguel Angel Saravia Rojas, por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú. Artículo 2º.- Del representante del CEPLAN El representante del Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN, será designado una vez que el Consejo Directivo de dicha Institución Pública remita al Ministerio de Educación, el ofi cio mediante el cual se nombre a su representante ante el CONEAU. Artículo 3º .- De la convalidación de los actos Convalídese los actos emitidos por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU, desde el 16 de noviembre del 2010 hasta la fecha de la presente Resolución Suprema. Artículo 4º.- Del Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VICTOR RAUL DIAZ CHAVEZ Ministro de Educación 631725-16 Disponen que los Programas “Sucedió en el Perú” y “Museos Puertas Abiertas” de TV Perú, constituyan material didáctico audiovisual para promoción y difusión de nuestro Patrimonio Cultural a nivel escolar RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0025-2011-ED Lima, 20 de abril de 2011