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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de agosto de 2011 448578 Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil once. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional POR LO TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en la sede Central del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali al primer día del mes de agosto del año dos mil once. CARLOS F. HENDERSON LIMA Presidente Regional (e) 678243-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Otorgan beneficios a favor de integrantes de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC), Rondas Vecinales de Seguridad y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana ORDENANZA N° 483-MDEA El Agustino, 16 de junio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 322-2011-MDEA, del Gerente de Seguridad Ciudadana, mediante el cual remite el proyecto de ordenanza que dispone benefi cios a favor de los integrantes de los Comités, Rondas y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, Informe Nº 236-2011-GAJ-MDEA, del Gerente de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27933 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2003-IN, el Comité de Seguridad Ciudadana de El Agustino en El Agustino es un órgano ejecutor, encargado de planear, organizar, ejecuta, coordinar y controlar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana; Que, mediante Ordenanza Nº 333-MDEA, se aprueba la participación comunitaria en los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC) en el distrito de El Agustino, con el objeto de promover la participación, integración, organización, capacitación de los vecinos en seguridad ciudadana, construyendo redes de trabajo para lograr un barrio seguro; Que, los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana y las Rondas Vecinales de Seguridad son organizaciones sociales de base, promovidas por la Municipalidad de El Agustino que tiene como objetivo contribuir a la disminución de los niveles de inseguridad, mediante el desarrollo de acciones preventivas contra la delincuencia, pandillaje, drogadicción y la violencia en general para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana en el Distrito de El Agustino; En uso de las facultades otorgadas por el inciso 8) del Artículo 9º así como del artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa de trámite de comisiones, lectura y aprobación del Acta y con el voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE BENEFICIOS A FAVOR DE LOS INTEGRANTES DE LOS COMITES VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA (COVESC), RONDAS VECINALES DE SEGURIDAD Y JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA. Artículo 1º.- Aprobar la disposición de benefi cios a favor de los integrantes de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana, Rondas Vecinales de Seguridad y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana del Distrito de El Agustino. Artículo 2º.- Defi niciones: Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana Los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana son organizaciones sociales de base, promovidas por la Municipalidad de El Agustino que tienen como objetivo, contribuir a la disminución de los niveles de inseguridad mediante el desarrollo de acciones preventivas contra la delincuencia, pandillaje, drogadicción y la violencia en general. Rondas Vecinales de Seguridad Los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana son organizaciones integradas por los vecinos voluntarios con la fi nalidad de realizar rondas de control, vigilancia y seguridad por calles en coordinación con la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo de la Municipalidad para reducir la incidencia delictiva, robos, asaltos, drogadicción, alcoholismo y alteración del orden público. Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana son organizaciones sociales de base, promovidas por la Policía Nacional del Perú que tienen por misión desarrollar actividades preventivas, informativas y de proyección social en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para mejorar la seguridad ciudadana mediante el trabajo voluntario no remunerado y participativo, promueven y desarrollan programas de prevención y servicio a la comunidad. Artículo 3º.- Capacitar y entrenar en coordinación con la Policía Nacional del Perú, a los integrantes de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana, Rondas Vecinales de Seguridad y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana en temas de seguridad ciudadana y afi nes dentro del marco presupuestal de la municipalidad, a través de la asistencia de la Gerencia de Seguridad Ciudadana; así mismo de promover y suscribir convenios nacionales e internacionales para intercambiar misiones técnicas a fi n de que dichos integrantes puedan realizar visitas de trabajo, cursos, talleres y pasantías sobre temas de seguridad ciudadana o similares. Artículo 4º.- Brindar asesoría y asistencia jurídica a los integrantes de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana, Rondas Vecinales de Seguridad y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, que por razón de su labor lo requieran, mediante la intervención de la Gerencia de Asesoría Jurídica o a través del Colegio de Abogados de Lima o su representante en el distrito de El Agustino. Artículo 5º.- Brindar atención médica y/o asistencial a los miembros de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana, Rondas Vecinales de Seguridad y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana que estén acreditados por la Municipalidad Distrital de El Agustino, que lo requieran, a través de la CASA DE LA MUJER POLICLÍNICO MUNICIPAL. Artículo 6º.- Declarar el día 15 de diciembre de cada año, como el día de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana y de las Rondas Vecinales de Seguridad en el Distrito de El Agustino. Artículo 7º.- Encargar al Gerente Municipal velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza, al Secretario General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la misma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de