Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2011 (18/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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b) Los Contratos de Concesion; c) El "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN; d) El "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demas disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria del "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN establece los procedimientos para que las Entidades Prestadoras cumplan con adecuar y presentar, ante el OSITRAN, su Proyecto de "Reglamento de Atencion de Reclamos de Usuarios" para su respectiva aprobacion; Que, mediante Oficio Nº 1175-2011 ENAPU S.A./GG de fecha 08 de agosto 2011, la Empresa Nacional de Puertos S.A ­ ENAPU S.A remitio al OSITRAN su Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios", en virtud a lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria del "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN; Que, mediante informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del 09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoria Legal concluye sobre el MORDAZA que debe tener la difusion y aprobacion las diversas normas en aplicacion del D.S. Nº 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15-01-2009. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervision del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobacion de la difusion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios de la Empresa Nacional de Puertos S.A.", de acuerdo a las disposiciones vigentes; RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusion del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios de la Empresa Nacional de Puertos S.A." Segundo.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolucion y el contenido del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios de la Empresa Nacional de Puertos S.A." MORDAZA publicados y difundidos en la pagina Web del OSITRAN y de ENAPU.S.A. Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho Proyecto de Reglamento presentado por ENAPU S.A. es de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el articulo anterior, podran ser remitidos a OSITRAN a nombre del el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Puertos de la Gerencia de Supervision, sito en la Av. Republica de Panama 3659 ­ San MORDAZA ­ Lima. Quinto.- Notificar la presente Resolucion a la Empresa Nacional de Puertos S.A ­ ENAPU S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D'ALFONSO CROVETTO Gerente de Supervision OSITRAN 678796-1

MATERIA: Aprobacion de difusion del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" presentado por APM Terminals Callao S.A. APMTC VISTOS: La Carta s/n de fecha 02 de agosto del 2011, la misma que fue recepcionada por el OSITRAN el dia 04 de agosto del 2011, mediante la cual el Concesionario APMTC remitio su Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" (en adelante Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobo el MORDAZA "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modificatorias; Que, la implementacion de los respectivos Reglamentos de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras esta regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demas dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesion; c) El "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN; d) El "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demas disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, la Tercera Disposicion Transitoria y Complementaria del "Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias" del OSITRAN establece los procedimientos para que las Entidades Prestadoras cumplan con presentar, ante el OSITRAN, sus Proyectos de "Reglamento de Atencion de Reclamos de Usuarios" para su respectiva aprobacion; Que, mediante Carta s/n de fecha 12 de MORDAZA del 2011, el Concesionario APMTC remitio a OSITRAN su Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios", a fin de que este sea oportunamente evaluado y aprobado, en concordancia con lo establecido en la Tercera Disposicion Final y Complementaria del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 019-2011-CD-OSITRAN; Que, mediante el Acuerdo Nº 1388-394-11-CDOSITRAN, el Consejo Directivo del OSITRAN aprobo el Informe Nº 014-11-GS-GAL-OSITRAN de fecha 20 MORDAZA 2011, en el cual se hizo observaciones al mencionado Proyecto de Reglamento Reclamos del APMTC; Que, mediante el Oficio Nº 3101-GS-2011-OSITRAN, la Gerencia de Supervision del OSITRAN notifica al APMTC el Acuerdo Nº 1388-394-11-CD-OSITRAN a fin de que dicho concesionario pueda levantar las respectivas observaciones en el termino de 03 (tres) dias de haber recibido el Oficio en mencion; Que, mediante la Carta s/n de fecha 02 de agosto del 2011 remitida por el APMTC, la misma que fue recepcionada por el OSITRAN el dia 04 de agosto del 2011, el concesionario APMTC alcanza un MORDAZA ejemplar de propuesta de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios", levantando las observaciones referidas en el parrafo anterior; Que, mediante Informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del 09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoria Legal concluye sobre el MORDAZA que debe tener la difusion y aprobacion las diversas normas en aplicacion del D.S. Nº 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15-01-2009. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervision del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobacion de la difusion del "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" del APMTC, de acuerdo a las disposiciones vigentes; RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusion del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de

Aprueban difusion del Proyecto de "Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" presentado por APMTC
RESOLUCION DE GERENCIA DE SUPERVISION Nº 012-2011-GS/OSITRAN MORDAZA, 15 de agosto del 2011 ENTIDAD PRESTADORA: APM Terminals Callao S.A. - APMTC

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