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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448825 (culminadas y/o con casco habitables), así como de demolición, sin la Licencia de Obra, Conformidad o Finalización de Obra y Declaratoria de Edificación, al 31 de Diciembre del 2010 podrán regularizarlas con el pago de los de derechos administrativos y de una multa administrativa. Asimismo, se considerarán aptas para regularizar, aquellas construcciones existentes dentro del perímetro del distrito de Huacho siempre y cuando no contravengan el Plan Director aprobado mediante Ordenanza Municipal Provincial Nº 019-98 del 03.Agos.1998, se encuentren ubicadas en áreas de reservas naturales, arqueológicas, bajo líneas de alta tensión y aquellas edifi caciones que contravengan las normas técnicas. El plazo para acogerse a los benefi cios de la presente Ordenanza vence a los seis (6) meses posteriores a la entrada en vigencia. Artículo Segundo.- DE LOS BENEFICIOS DE REGULARIZACION DE EDIFICACION; para el caso de regularizaciones de edifi cación con fi nes de vivienda, (Modalidad A y B), los propietarios que se acojan a la presente Ordenanza abonarán una multa equivalente al 2% del valor de la obra a regularizar siendo el pago mínimo la suma de S/. 500.00 Quinientos y 00/100 Nuevos Soles). Para el caso de regularizaciones de edifi caciones con fi nes de vivienda (Modalidad C y D) fi nes comerciales, industriales u otro que se acojan y regularicen su edifi cación al amparo de la presente Ordenanza, abonarán una suma equivalente al 5% del Valor de Obra; además del mérito a la regularización de Licencia, conformidad y Declaratoria de Fábrica en un solo trámite, acogiéndose a la presente Ordenanza. Teniendo en cuenta que la elaboración de planos amerita un tiempo considerable, excepcionalmente, para acogerse a la presente Ordenanza podrán presentar: • Formato Único de Edifi caciones (FUE) por triplicado, con las hojas visadas por el responsable de obra y el propietario. • El pago por derecho de Trámite y de licencia conforme a lo señalado en el artículo tercero de la presente Ordenanza. • El pago por el valor de la Multa, según sea el caso; conforme a lo señalado en el presente artículo. • El Plazo para anexar los requisitos será dentro de los 30 días siguientes a la presentación de su solicitud de trámite de regularización. PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICACIONES Los parámetros de edifi cación serán los que están establecidos en el Plan Director de la ciudad de Huacho aprobado mediante Ordenanza Municipal Provincial Nº 019-98 del 03.Agos.1998; y Plano de Zonifi cación vigente aprobado mediante Ordenanza Provincial Nº 006-00 de fecha 08.Marzo.2000. Los parámetros de edificación, podrán ser reajustados, solo para los predios con fines de vivienda, uso mixto con vivienda, que se acojan a la presente Ordenanza y que sean calificados por el área técnica de la Oficina de Control Urbano; para lo cual se reajustaran en lo referente al número de estacionamientos en lo siguiente: los que se encuentren dentro de la Modalidad A y no tengan más de una unidad de vivienda no será exigible estacionamiento, en los demás casos 1 cada 4 unidades de Vivienda; y a las áreas libres, la cual deberá de demostrar que los ambientes iluminan y ventilan adecuadamente llegando a un mínimo de 15% de área libre. Así mismo para los pozos de luz se aplicara una tolerancia máxima del 25% de lo establecido en el artículo 19, Titulo II, Norma A.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones. Artículo Tercero.- DE LOS REQUISITOS; para los procedimientos comprendidos en la presente Ordenanza se deberá cumplir con la presentación de los siguientes requisitos: 1. Fue consignando los datos requeridos en él, por triplicado visando todas las hojas por el responsable de obra y el propietario. 2. Documentación Notarial o Registral que acredite que cuenta con derecho a edifi car que represente al titular (en caso el solicitante de la licencia no sea el propietario del predio). 3. Vigencia de poder, expedida por el Registro de Personas Jurídicas, con una anticipación no mayor de 30 días naturales, en el caso el solicitante sea una persona jurídica. 4. Presupuesto de obra suscrito por el profesional responsable de la obra: En caso se solicite licencia de Regularización para Obra Nueva o Ampliación, el presupuesto de obra será calculado en base al cuadro de Valores Unitarios Ofi ciales de Edifi cación, sino hubiera incremento en el área techada se presentará el presupuesto de obra al nivel de subpartidas, con costos unitarios de mercado publicados en medios especializados indicando la fuente. 5. Documentación técnica suscrita por el titular y los profesionales del proyecto, la misma que estará compuesta por: a) Plano de Ubicación y Localización: un (01) juego, según formato el cual se adjunta, fi rmado por un arquitecto colegiado o Ingeniero y el o los propietarios. b) Planos de Arquitectura de Planta, cortes y elevaciones de la obra a Regularizar: un (01) juego, fi rmados por un profesional verifi cador o constatador arquitecto o ingeniero colegiado y el o los propietarios. Una vez aprobado, se presentará dos (02) juegos de planos para el resellado correspondiente. 6. Carta de Seguridad de Obra según formato el cual se adjunta fi rmada por un Ingeniero Civil colegiado o afín acompañando la boleta de habilitación respectiva. 7. Plano Catastral actualizado. 8. De ser el caso si el proyecto a regularizar está contemplada en la modalidad C y D presentará Planos y Memoria Descriptiva de la Región. Así también copia de recibo de pago por los derechos de revisión respectivos. 9. Derecho de Pago (Al inicio del trámite) Derecho a Trámite 1.058% de la UIT=S/. 38.08 Derecho de Licencia: 2% del Valor de la Obra a regularizar Multa por construir sin licencia para viviendas (Modalidad A, B): 2% del valor de la obra a regularizar. Mínimo S/. 500.00 nuevos soles Multa por construir sin licencia (para vivienda Modalidad C y D, comercio, industria y otros): 5% del valor de la Obra Para la conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica, deberán adjuntar los requisitos señalados en el TUPA vigente, manteniendo el mismo número de expediente ingresado para la regularización de Licencia. Artículo Cuarto.- DEL PROCEDIMIENTO; el procedimiento a seguir será el siguiente: 1. La presentación de los expedientes se hará en la Municipalidad Provincial de Huacho, vía Trámite Documentario, previa califi cación administrativa de contar con los requisitos señalados en la presente Ordenanza. 2. Para la Califi cación de Proyectos materia de Regularización con fi nes de vivienda, que se encuentran bajo la Modalidad C o D, la Comisión Técnica Califi cadora de Proyectos aplicará el Decreto Supremo Nº 030-2002- MTC publicado en el Diario Ofi cial el Peruano el 30 de Junio del 2002 y sus modifi catorias con una tolerancia en los parámetros, el cual deberá de reajustarse para los expedientes que sean califi cados por el área técnica de la Ofi cina de Control Urbano; en lo referente al número de estacionamientos 1 cada 4 unidades de Vivienda y a