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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (21/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448813 EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesión Extraordinaria de Consejo Nº 18, de fecha 21 de Julio del 2011, aprobó mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 063-2011/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la fi nalidad esencial de los gobiernos regionales es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, los gobiernos regionales crearán mecanismos para promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional conforme a ley. En el marco de sus competencias, otorgan concesiones y celebran cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local y regional, se asegure una mayor efi ciencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas; Que, la Agencia Regional de Cooperación Técnica Internacional y Fomento de las Inversiones de Tumbes – ARCIT, es un órgano desconcentrado de asesoramiento de la presidencia del Gobierno Regional de Tumbes; Que, la ARCIT se crea con el propósito de mejorar el bienestar social y económico de la población pobre y extremadamente pobre, mediante la gestión de recursos técnicos y fi nancieros para programas y proyectos que propicien un alto rendimiento social, a través de la captación de la cooperación internacional, para lo cual se identifi cará a los principales actores que integran el Sistema de Cooperación Internacional No Reembolsable; Que, la Agencia Regional de Cooperación Técnica Internacional y Fomento de las Inversiones de Tumbes – ARCIT, se creará sobre la base de la infraestructura y recurso humano de la ofi cina de Cooperación Técnica Internacional existente en el Gobierno Regional Tumbes, cuyas funciones tendrán mayores responsabilidades y trascendencia para el desarrollo de la región; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- Sobre la base de la Ofi cina de Cooperación Técnica Internacional y de Coordinación con el Fondo Binacional CREAR la Agencia Regional de Cooperación Técnica Internacional y Fomento de las Inversiones de Tumbes – ARCIT, que dependerá directamente de la Presidencia Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la modifi cación del ROF y demás pertinentes. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 42° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, debiendo ser reglamentada dentro de los 45 días hábiles siguientes a su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su Promulgación. En Tumbes a los veintiún días del mes de julio del dos mil once. DIEGO ALEMÁN RAMÍREZ Consejero Delegado POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el GERARDO FIDEL VIÑAS DIOSES Presidente Regional 679966-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de la Res. Nº 433-2011/GDUR-MDC expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que aprueba regularización de habilitación urbana ejecutada denominada Programa de Vivienda Las Mercedes de Carabayllo RESOLUCIÓN Nº 122-2011-MML-GDU-SPHU Lima, 13 de julio de 2011 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 94903-2011, de fecha 27 de junio de 2011, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 433-2011/ GDUR-MDC, de fecha 7 de junio de 2011, aprobando la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por la CONSTRUCTORA RIMACHI - MARTÍNEZ S.A., debidamente representada por su apoderada Marivel Giovanna Rimachi Martínez; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 433-2011/ GDUR-MDC, de fecha 7 de junio de 2011(fs. 162 al 167), expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo se resuelve aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Las Mercedes de Carabayllo, para los Usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, del terreno de 26,144.00 m², constituido por la Parcela Nº 83, Unidad Catastral Nº 10562, Proyecto Punchauca-Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 021-2010/GDUR- MDC y la Memoria Descriptiva, que forma parte integrante de la citada Resolución; Que, a través del Informe Nº 209-2011-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 10 de julio de 2011 (fs. 175 al 179), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada desarrollada sobre el terreno de 26,144.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, mediante la Resolución de Gerencia Nº 433-