Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2011 (21/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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administracion y gestion; asimismo el articulo 97º dispone que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deben responder fundamentalmente a los principios de participacion, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficacia, eficiencia, equidad y sostenibilidad, imparcialidad, neutralidad, subsidiaridad y consistencia de las politicas locales, especializacion de la funciones, competitividad e integracion; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en el articulo 1º establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil, en la programacion de su presupuesto, asi como, en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, permite la adecuada introduccion de mecanismos de participacion ciudadana en el MORDAZA de toma de decisiones contribuyendo a la transparencia de la gestion publica y a la consolidacion de la institucionalidad democratica en el pais; Que, la Ley Nº 29298, modifica los articulos 4º, 5º, 6º y 7º, referidos a las instancias, alcances, fases y oficializacion de compromisos del MORDAZA del Presupuesto Participativo, precisando ademas que cada instancia de participacion en el MORDAZA de programacion participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru y en la correspondiente Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion para delimitar los proyectos de inversion publica de impacto distrital, a ser considerados por los Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos, que no tienen restriccion en el monto de inversion, debiendo tener en cuenta que su alcance contenga acciones cuyos resultados permitan en el ambito distrital, solucionar un problema relevante de la comunidad, preferentemente en salud, educacion, saneamiento, transportes y comunicaciones, entre otros. Adicionalmente podran considerar que la cobertura en la poblacion objetivo de no ser mayor a 5% de la poblacion total del distrito; Que, el articulo 8º de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece que los gobiernos locales, para efecto del MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ambito territorial, el Plan de Desarrollo Concertado, el cual constituye un instrumento orientador de inversion, asignacion y ejecucion de los recursos, asi como de la gestion individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones publicas o privadas promotoras del desarrollo; Que, la presente Ordenanza establece los mecanismos y pautas para su desarrollo, con el fin de determinar proyectos de inversion de impacto para el desarrollo local, que permita mejorar los niveles de MORDAZA de la poblacion de Barranco y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo; Estando a lo expuesto y en usode las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los senores asistentes a la Sesion de Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL ANO FISCAL 2012 TITULO I GENERALIDADES Articulo 1°.- OBJETO DE LA ORDENANZA La presente Ordenanza, tiene por objeto reglamentar el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Distrito

de Barranco, para el Ano Fiscal 2012 de modo que la poblacion organizada participe en el desarrollo del Distrito de Barranco. Articulo 2°.- FINALIDAD La finalidad de la presente Ordenanza es generar condiciones para desarrollar un MORDAZA tecnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, promoviendo la participacion de la poblacion a traves de sus organizaciones que permitan el fortalecimiento del sistema democratico, en la planificacion, identificacion y priorizacion de los proyectos de inversion publica a incorporarse al presupuesto institucional del Ano 2012. Articulo 3º.- ALCANCE El presente Reglamento, es de aplicacion obligatoria de todos los Agentes Participantes durante el desarrollo de las actividades del MORDAZA del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Barranco, el cual tiene la siguiente base legal: · Constitucion Politica del Peru · Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. · Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. · Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. · Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, disposiciones complementarias y modificatorias. · Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. · Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion para delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y distrital. · Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. TITULO II CONCEPTOS Y DEFINICIONES BASICAS Articulo 4°.- DEFINICIONES BASICAS Para la aplicacion de la presente Ordenanza se considerara: 4.1. Presupuesto Participativo: El presupuesto participativo, es un MORDAZA donde las autoridades locales y la poblacion organizada, deciden y priorizan en conjunto, el destino de los recursos de inversion, teniendo en cuenta los planes de desarrollo. 4.2. Objetivos del Presupuesto Participativo: El presupuesto participativo tiene los siguientes objetivos: · Mejorar la eficiencia en la asignacion y ejecucion de los recursos publicos. · Reforzar la relacion entre la municipalidad y la sociedad civil organizada, estableciendo mecanismos democraticos para facilitar la participacion ciudadana. · Comprometer a la sociedad civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estrategicos del Plan de Desarrollo Concertado. · Fijar prioridades en la inversion publica, en la ejecucion de los proyectos declarados tecnicamente viables. · Reforzar el seguimiento, control y vigilancia de la ejecucion del presupuesto; y fiscalizacion de la gestion. 4.3. Agentes Participantes: Son quienes participan con voz y MORDAZA en el dialogo y/o toma de decisiones en el MORDAZA del presupuesto participativo. Esta

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