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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (21/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448819 CRITERIO PUNTAJES 4. Tiene cofi nanciamiento de la misma población o de otras fuentes nacionales e internacionales. No (1punto) Sí (5 puntos) 5. Proporción de la población del distrito al que benefi cia. Menos de 20% de la población (1 punto) Entre el 20% y 40% de la población (3 puntos) Entre el 40% y 60% de la población (5 puntos) Atiende a más del 60% de la población (8 puntos) 6. Bonifi cación de puntaje por cumplimiento de obligaciones tributarias del sector. Más de 60% de morosidad (1 punto) De 41 a 60% de morosidad (4 puntos) De 21% a 40% de morosidad (7 puntos) De 0 a 20% de morosidad (10 puntos) 7. Tiene relación con los programas priorizados por el gobierno central. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 8. Benefi cia directamente a: jóvenes, mujeres, niños, discapacitados y/o ancianos. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 9. Tiene impacto en empleo local de forma continua. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 10. Permite el mejoramiento urbano del distrito. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 11. Permite el mejoramiento de la infraestructura vial No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 12. Promueve o permite la conservación del medio ambiente. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 13. Genera efectos positivos al desarrollo de actividades económicas importantes en el distrito. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 14. Promueve la identidad cultural del distrito. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 15. Mejora la seguridad ciudadana del distrito. No (1punto) Relativamente (3 puntos) Sí (5 puntos) 680403-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban regularización de habilitación urbana ejecutada denominada Programa de Vivienda Las Mercedes de Carabayllo RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 433-2011/GDUR-MDC Carabayllo, 7 de junio de 2011 VISTO: El Expediente Nº 5070 del 03 de Noviembre de1997, presentado por la Constructora Rimachi- Martínez S.A, representado por su Apoderado Marivel G. Rimachi Martínez. Solicita la aprobación de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del PROGRAMA DE VIVIENDA LAS MERCEDES DE CARABAYLLO, desarrollado sobre el terreno de 26,144.00 m2 constituido por la Parcela N° 83 con Código Catastral 10562, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, para lo cual adjunta los requisitos exigidos por la Municipalidad para tales fines. CONSIDERANDO: Que, el artículo 73º de la ley Orgánica de Municipalidades menciona que es competencia de la Municipalidad en materia de organización de Espacio Físico – Uso del Suelo, la habilitación urbana. Que, de acuerdo a lo establecido en numeral 3.6.1. del articulo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; en el que se establece que es una función específi ca y exclusiva de las municipalidades distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, así como realizar la fi scalización de las Habilitaciones Urbanas, Que, mediante el Expediente N°5070 del 03 de Noviembre de1997, presentado por la Constructora Rimachi-Martínez S.A, con el que solicita la aprobación de Habilitación Urbana del PROGRAMA DE VIVIENDA LAS MERCEDES DE CARABAYLLO, desarrollado sobre el terreno de 26,144.00 m2 constituido por la Parcela N° 83 con Código Catastral 10562, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, para lo cual adjunta los requisitos exigidos por la Municipalidad para tales fi nes. Que, con Resolución de Alcaldía N° 315-2000-MDC del 05 de octubre del 2000, se APROBÓ la regularización el Proyecto de habilitación urbana, desarrollado sobre el terreno de 26,144.00 m2 constituido por la Parcela N° 83 con Código Catastral 10562, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; de acuerdo al plano asignado con el N° 040-99-MDC-CDHU; resolución que no resultó RATIFICADA en virtud a la Resolución de Alcaldía N° 12002 de fecha 16 de Julio del 2002 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, por no cumplir con los planes urbanos. Que, con Resolución de Alcaldía N° 136-2008-A-MDC del 18 de Marzo del 2008, se resuelve APROBAR el plano N° 002-2008-GDUR-MDC, que corrige y complementa la información contenida en al plano N° 040-99-MDC- CDHU y la Resolución de Alcaldía N° 315-2000-MDC, de fecha 05.OCT.2000; Las citada rectifi cación resulta NO CONFORME en virtud a la Resolución N° 142-2008- MML-GDU-SPHU del 22 de Mayo del 2008 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a los fundamentos que en la misma se exponen, por incumplimiento con los planes urbanos. Que, con Resolución de Gerencia N° 531-2010- GDUR-MDC del 13 de Mayo del 2010, se resuelve APROBAR, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Las Mercedes de Carabayllo, para los Usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, de conformidad al Plano signado con el N°021-2010/GDUR- MDC. La citada resolución resulta NO CONFORME en virtud a la Resolución N° 091-2010-MML-GDU-SPHU del 07 de junio del 2010 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a los fundamentos que en la misma se exponen, por incumplimiento con los planes urbanos. Que, con Resolución de Gerencia N° 1226-2010- GDUR-MDC del fecha 16.NOV.2010, se resuelve APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Las Mercedes de Carabayllo, para los Usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, conformidad al Plano signado con el N°021- 2010/GDUR-MDC; La citada resolución fue remitida a la municipalidad Metropolitana de Lima, la cual Resolución N° 216-2010-2010-MML-GDU-SPHU del 09.DIC.2010, Resuelve establecer la NO Conformidad de la resolución, por incumplimiento con los planes urbanos. Mediante los registros DOC. S/P N°06023-2011, de fecha 18 de Abril del 2011. La Constructora Rimachi- Martínez S.A, representado por su Apoderado Marivel G. Rimachi Martínez, Solicita la rectifi cación de la resolución de Gerencia N°1226-2010-GDUR-MDC, con el fi n de Levantar las Observaciones Efectuadas Por la Municipalidad Metropolita de lima, para lo cual adjunta los planos y memoria descriptiva. Que el mencionado terreno se encuentra denominado como Unidad Catastral 10562, Parcela 83, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón debidamente registrado en la Partida P01008535 del Registro predial Urbano y tiene un área de 26,144.00 m2, dominio de dicho inmueble corresponde a Constructora Rimachi-Martínez S.A. Tal como se acredita con la copia literal que obra en el expediente. Que mediante Dictamen N° 003-2008-CTHU-MDC de fecha 10 de Enero del 2008, emitido por los miembros