Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2011 (25/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 702-2011-MTC/03

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de agosto de 2011

MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 VISTO, el Escrito con Registro Nº 084999, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de Buena Pro por sustitucion de un adjudicatario en el Concurso Publico N° 001-2005-MTC/17 para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Andahuaylas, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1606-2005MTC/28, modificada por Resoluciones Directorales N° 101-2006-MTC/17 y 748-2006-MTC/17, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nº 001-2005-MTC/17, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Andahuaylas, departamento de Apurimac; Que, con fecha 28 de junio de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano la relacion de Adjudicatarios de la Buena Pro asi como las localidades y las bandas declaradas desiertas en el Concurso Publico N° 001-2005MTC/17, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 19 de las Bases de dicho Concurso; Que, habiendo quedado firme administrativamente las denegatorias de las solicitudes de autorizacion presentadas por los adjudicatarios de la Buena Pro del Concurso Publico N° 001-2005-MTC/17, los senores MORDAZA Eliades Encina MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que segun Memorando N° 1985-2010-MTC/07 del Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dichas personas no han iniciado MORDAZA judicial alguno y no existe ninguna demanda o medida cautelar interpuestas por ellas, se notifico al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Oficio N° 4031-2010-MTC/28, al obtener el puntaje inmediatamente inferior en el cuadro de meritos final del Concurso Publico N° 001-2005-MTC/17, de acuerdo al articulo 21 de las Bases del referido Concurso; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 091-2004-MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº (s) 886-2007-MTC/03, Nº 064-2008MTC/03 y Nº 163-2008-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº (s) 164-2009-MTC/03 y Nº 544-2010-MTC/03, establece 4 KW como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial N° 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 1 Kw. hasta 15 Kw. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Clase C; Que, mediante Informe Nº 1833-2011-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 20 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso

Publico Nº 001-2005-MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, las Bases del Concurso Publico N° 0012005-MTC/17, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 091-2004MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nºs 886-2007-MTC/03, Nº 064-2008-MTC/03 y Nº 1632008-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resoluciones Viceministeriales Nºs. 164-2009-MTC/03 y Nº 544-2010MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios : Jr. MORDAZA Menacho N° 273, distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac. : Longitud Oeste : 73º 23' 30'' Latitud Sur : 13º 39' 25'' : Cerro Huaychaupata, distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac. : Longitud Oeste : 73º 23' 32'' Latitud Sur : 13º 38' 31'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m : OBN-5R : 256KF8E : 1 KW :C : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 96.9 MHz : COMERCIAL

Coordenadas Geograficas Planta Transmisora

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computaran a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano.

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