Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2011 (25/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448969

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Autorizan funcionamiento de diversas Escuelas Academico Profesionales de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0883-2011-ANR MORDAZA, 9 de agosto de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nºs. 01532 y 01542-SG-2011, presentados con fechas 15 y 16 de junio de 2011, por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, informe Nº 115-2011DGDAC de fecha 20 de MORDAZA de 2011, y memorando Nº 719-2011-SE de fecha 21 de MORDAZA de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establece que la creacion de nuevas carreras, titulos profesionales y de MORDAZA especialidad, acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; requiere de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante oficios de vistos, el Secretario General de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, precisa que para el correspondiente tramite del Carne Universitario y efectos de formalizar la incorporacion de las nuevas carreras profesionales, remite a la Asamblea Nacional de Rectores sendas Resoluciones Rectorales con sus respectivos Planes de Estudios, que aprueban la creacion de: · Escuela Academico Profesional de Ingenieria de Telecomunicaciones de la Facultad de Ingenieria Electronica y Electrica, creada por Resolucion Rectoral Nº 02620-R-09, de fecha 15 de junio de 2009, y ratificada con Resolucion Rectoral Nº 06037-R-09, de fecha 30 de diciembre de 2009 por la Asamblea Universitaria. · Escuela Academico Profesional de Ingenieria Civil de la Facultad de Ingenieria Geologica, Minera, Metalurgica y Geografica · Escuela Academico Profesional de Danza, de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, creada por Resolucion Rectoral Nº 05068-R-09, de fecha 02 de noviembre de 2009, y ratificada con Resolucion Rectoral Nº 03625-R-10 de fecha 06 de MORDAZA de 2010 por la Asamblea Universitaria. · Escuela Academico Profesional de Conservacion y Restauracion, de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, creada por Resolucion Rectoral N° 04329-R09 de fecha 25 de septiembre de 2009, y ratificada con Resolucion Rectoral Nº 03626-R-10, de fecha 06 de MORDAZA de 2010 por la Asamblea Universitaria. Que, mediante informe de vistos, el Director General de Desarrollo Academico y Capacitacion, ha examinado la documentacion remitida, de cuyo analisis expresa que respecto a la Escuela Academico Profesional de Ingenieria Civil, creada en la Facultad de Ingenieria Geologica, Minera, Metalurgica y Geografia fue aprobada mediante Resolucion Rectoral Nº 05835-R-09, de fecha 18 de diciembre del 2009, que dispone su elevacion a la Asamblea Universitaria para su ratificacion y, tal

Resolucion Rectoral de la Asamblea Universitaria ratificando, no acompana el expediente de creacion de la Escuela Academico Profesional de Ingenieria Civil; Que, asimismo, la evaluacion realizada a cada uno de los Planes de Estudio de las Escuelas Academico Profesionales creadas por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, han sido favorables, por lo que la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores podria autorizar su funcionamiento, excepto en el caso de la Escuela Academico Profesional de Ingenieria Civil, por no haber sido ratificada su creacion por la Asamblea Universitaria; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) dispone la elaboracion de una resolucion, que declare el funcionamiento de las Escuelas Academico Profesionales, segun se expresa en el informe de la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion; Estando a la autorizacion de la alta direccion; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en la Ley Universitaria Nº 23733 y en el Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento de las siguientes Escuelas Academico Profesionales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos: · Escuela Academico Profesional de Ingenieria de Telecomunicaciones de la Facultad de Ingenieria Electronica y Electrica, creada por Resolucion Rectoral Nº 02620-R-09, de fecha 15 de junio de 2009, y ratificada con Resolucion Rectoral Nº 06037-R-09, de fecha 30 de diciembre de 2009 por la Asamblea Universitaria. · Escuela Academico Profesional de Danza, de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, creada por Resolucion Rectoral Nº 05068-R-09, de fecha 02 de noviembre de 2009, y ratificada con Resolucion Rectoral Nº 03625-R-10 de fecha 06 de MORDAZA de 2010 por la Asamblea Universitaria. · Escuela Academico Profesional de Conservacion y Restauracion, de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, creada por Resolucion Rectoral N° 04329-R09 de fecha 25 de septiembre de 2009, y ratificada con Resolucion Rectoral Nº 03626-R-10, de fecha 06 de MORDAZA de 2010 por la Asamblea Universitaria. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 681348-1

Dejan sin efecto la Res. Nº 0355-2011ANR, mediante la cual se resolvio constituir el Comite Universitario de Educacion para el Desarrollo Sostenible del Ministerio de Educacion
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0902-2011-ANR MORDAZA, 11 de agosto de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES

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