Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2011 (25/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de agosto de 2011

por lo que se hizo necesario el apoyo de una Comision de Orden y Gestion, a fin de lograr una autentica institucionalizacion en los organos de gobierno; Que, conforme al articulo 8º de la Ley Nº 27444, la Resolucion N° 0678-2011-ANR es un acto administrativo valido ya que ha sido dictada conforme al ordenamiento juridico, y consta de todos los requisitos de validez establecidos en el articulo 3º de la mencionada Ley Nº 27444, se ha expedido por organo competente y de conformidad a lo establecido en la Ley N° 26490 ampliada por la Ley N° 27602 que faculta a la Asamblea Nacional de Rectores a intervenir universidades publicas y privadas; Que, asimismo, la Asamblea Nacional de Rectores al expedir la Resolucion Nº 0678-2011-ANR no ha incurrido en ninguna de las causales de nulidad previstas en el articulo 10º de la Ley Nº 27444, es decir, no ha violado ni ha contravenido la Constitucion Politica del Peru, la Ley Universitaria ni normas complementarias; Que, mediante informe Nº 500-2011-DGAJ, la Direccion General de Asesoria Juridica de la Asamblea Nacional de Rectores, opina que se declare improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por las razones indicadas en los considerandos precedentes; Que, mediante memorando Nº 752-2011-SE, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion, de acuerdo a lo opinado por la Direccion General de Asesoria Juridica, por la que se declare improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por el Sr. MORDAZA Huayllani MORDAZA, ex Rector encargado de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, y la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrectora Administrativa encargada de la mencionada Universidad; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideracion interpuesto por el Sr. MORDAZA Huayllani MORDAZA, ex Rector encargado de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, y la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrectora Administrativa encargada de la mencionada Universidad contra la Resolucion Nº 06782011-ANR; en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 681350-2

El Oficio Nº 0015-2011-PCOyG-UNCP, de fecha 07 de MORDAZA de 2011; la Resolucion Nº 0818-2011-ANR, de fecha 20 de MORDAZA de 2011; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 898-2002-ANR, de fecha 22 de noviembre de 2002, se aprueba el Reglamento de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, sobre "Derecho de Intervencion de la Asamblea Nacional de Rectores en las Universidades Publicas y Privadas por razon de Graves Irregularidades", el mismo que en su articulo 30º establece que el presupuesto necesario para el cumplimiento de las medidas de intervencion es aprobado por el Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores e incluye las dietas, honorarios, remuneraciones y demas gastos que correspondan; precisandose que todo egreso en que incurra la Asamblea Nacional de Rectores al ejecutar cualquier modalidad de intervencion es asumido integramente por la Universidad objeto de la misma; Que, con Resolucion Nº 0691-2011-ANR, de fecha 23 de junio de 2011, se designo una Comision de Orden y Gestion para la Universidad Nacional del Centro del Peru, con sede en la MORDAZA de Huancayo, integrado por un Presidente, un Vicepresidente Academico y un Vicepresidente Administrativo y otorgandoles el plazo de ciento ochenta (180) dias; Que, mediante oficio de vistos, la Presidenta de la referida Comision solicita se establezcan los honorarios de los miembros de la Comision de Orden y Gestion que preside, alcanzandose la respectiva propuesta y senalandose que la Universidad Nacional del Centro del Peru suscribira un contrato con cada integrante de la mencionada Comision; Que, mediante Resolucion Nº 0818-2011-ANR, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, se aprobaron los honorarios de los miembros de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional del Centro, precisandose que tales honorarios seran asumidos integramente por la mencionada universidad; Que, por las delicadas particularidades de la intervencion de la Universidad Nacional del Centro y violencia generada, se requiere que los gastos de vivienda y alimentacion de los miembros de la Comision de Orden y Gestion MORDAZA asumidas por la referida universidad; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto el articulo 3º de la Resolucion Nº 0818-2011-ANR. Articulo 2º.- Precisar que, por las delicadas particularidades de intervencion de la Universidad Nacional del Centro, los gastos de vivienda y alimentacion de los miembros de la Comision de Orden y Gestion seran asumidos por la mencionada universidad. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 681352-1

Dejan sin efecto el articulo 3º de la Res. Nº 0818-2011-ANR y precisan que los gastos de vivienda y alimentacion de los miembros de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional del Centro del Peru seran asumidos por dicha universidad
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0916-2011-ANR MORDAZA, 19 de agosto de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES

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