Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2011 (25/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448971

· Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Profesor Principal de la Facultad de Ingenieria Geografica, Ambiental y Ecoturismo Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA · Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gambarini Decano de la Facultad de Ciencias de la Educacion Universidad Nacional San MORDAZA - MORDAZA · Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Decano de la Facultad de Ciencias de la Educacion y Humanidades Universidad Nacional de la Amazonia Peruana · Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pontificia Universidad Catolica del Peru · Mag. MORDAZA MORDAZA Gamero Universidad MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- Disponer que el Comite designado presente su Plan de Trabajo en el termino de treinta (30) dias habiles a partir de la publicacion la presente resolucion y disponer asimismo que informe periodicamente sobre sus avances a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 3º.- Precisar que las Universidades, en especial con Facultades de Educacion, no mencionadas en esta resolucion podran integrarse progresivamente a conformar el Comite Universitario de Educacion para el Desarrollo Sostenible­EDS, por invitacion del Presidente del mencionado Comite. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 681350-1

Declaran improcedente recurso de reconsideracion interpuesto contra la Res. Nº 0678-2011-ANR
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0905-2011-ANR MORDAZA, 15 de agosto de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El expediente Nº 153568, que contiene el recurso impugnativo ingresado con fecha 30 de junio de 2011; el informe Nº 500-2011-DGAJ, de fecha 27 de MORDAZA 2011; el memorando Nº 752-2011-SE, de fecha 04 de agosto de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante expediente de vistos, el Sr. MORDAZA Huayllani MORDAZA, ex Rector encargado de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, y la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrectora Administrativa encargada de la mencionada Universidad, interponen conjuntamente un recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 06782011-ANR, de fecha 16 de junio de 2011; Que, previamente al analisis del recurso indicado, se debe precisar que los impugnantes han calificado su recurso como apelacion, debiendo ser uno de reconsideracion,

en razon a que la Asamblea Nacional de Rectores es un Organismo Publico MORDAZA que constituye instancia administrativa unica, por lo que de conformidad con el articulo 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, solamente procede ante esta institucion el recurso de reconsideracion; Que, asimismo, conforme a lo establecido en el articulo 213º de la Ley Nº 27444, el indicado error de calificacion del recurso no constituye obstaculo para el mismo, debiendo continuarse el tramite como recurso de reconsideracion; Que, la Asamblea Nacional de Rectores, en merito a lo previsto por el articulo 90º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, tiene por finalidad coordinar y orientar las actividades academicas y administrativas de las universidades del MORDAZA, asi como velar por la gobernabilidad institucional y autonomia universitaria; Que, la Ley Nº 26490, ampliada por Ley Nº 27602, ha establecido como una atribucion de la Asamblea Nacional de Rectores intervenir universidades publicas y privadas ante graves irregularidades academicas, administrativas, normativas y economicas; Que, dentro del indicado MORDAZA legal, mediante Resolucion Nº 0678-2011-ANR, de fecha 16 de junio de 2011, se designo una Comision de Orden y Gestion para la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, otorgandosele el plazo de ciento ochenta (180) dias para que implante las recomendaciones establecidas por el Consejo Regional Interuniversitario Amazonico, CRIAmazonico, en su informe presentado el 25 de febrero de 2011 y logre la real institucionalidad de la mencionada universidad; Que, el recurso de reconsideracion presentado tiene por finalidad se anule la indicada Resolucion Nº 06782011-ANR, principalmente, por la diferente interpretacion de las pruebas producidas en la resolucion impugnada y por cuestiones de puro derecho; Que, sobre el particular, mediante Resolucion Nº 5972009-CONAFU, del 24 de noviembre de 2009, el Consejo Nacional para Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, encargo por el plazo de dos anos la direccion de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA a los recurrentes; y posteriormente, mediante Resolucion Nº 626-2009-CONAFU, de 27 de noviembre de 2009, se otorgo autorizacion de funcionamiento definitiva a la mencionada universidad; Que, es de apreciar que no obstante al plazo establecido por la precitada Resolucion Nº 597-2009CONAFU, los recurrentes, mediante Resolucion Nº 0012010-AU, de fecha 02 de febrero de 2010, extendieron sus mandatos de dos a cinco anos; Que, al respecto, debe precisarse que con mediante Resolucion Nº 626-2009-CONAFU, la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA ha migrado del ambito de competencia del CONAFU al ambito de competencia de la Asamblea Nacional de Rectores, conforme al articulo 90° de la Ley N° 23733, Ley Universitaria; quedando establecido que la referida universidad debe organizar su gobierno universitario dentro del MORDAZA legal previsto por la Ley Nº 23733, Ley Universitaria; Que, el Sr. MORDAZA Huayllani MORDAZA, ex Rector encargado de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, se desempeno como Presidente del Comite de Garantias Estatutarias, del Comite Electoral Universitario, miembro del MORDAZA de concurso de catedras y miembro del MORDAZA de Ratificacion, Promocion o Separacion docente en la referida Universidad en el ano 2010; lo cual es incompatible con el articulo 35º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; Que, asimismo, dentro del periodo de mandato de los recurrentes, mediante Resolucion Nº 0586-2011-ANR, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Asamblea Nacional de Rectores designo una Comision de Implementacion para la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA para evaluar in situ la conformacion de los organos de gobierno de la mencionada universidad, asi como verificar su funcionamiento academico y administrativo, conforme a lo recomendado por el CRI ­ Amazonico, en su informe presentado el 25 de febrero de 2011; sin embargo, ante las denuncias presentadas y la participacion de autoridades extrauniversitarias, la Comision de Implementacion no tenia las garantias necesarias para su funcionamiento,

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