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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (25/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de agosto de 2011 448973 Designan Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional del Centro del Perú COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0925-2011-ANR Lima, 22 de agosto de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria reunida en sesión extraordinaria el 04 de agosto de 2011; el Informe Nº 506-2011-DGAJ, de fecha 03 de agosto de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores, como ente rector del sistema universitario del país y en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, tiene por fi nalidad coordinar y orientar las actividades académicas y administrativas de las universidades del país, así como velar por la gobernabilidad institucional y autonomía universitaria; Que, la Ley Nº 26490, ampliada por Ley Nº 27602, ha establecido como una atribución de la Asamblea Nacional de Rectores intervenir universidades públicas y privadas ante graves irregularidades académicas, administrativas, normativas y económicas Que, dentro del precitado marco legal, mediante Resolución Nº 0691-2011-ANR, de fecha 23 de junio de 2011, se declaró en confl icto de gobernabilidad a la Universidad Nacional del Centro del Perú, se suspendió a las autoridades de gobierno de la Universidad que venían ejerciendo los cargos de Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo y Decanos, y se designó una Comisión de Orden y Gestión por el plazo de ciento ochenta (180) días; Que, mediante expediente con registro 155096 de fecha 21 de julio de 2011, la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional del Centro del Perú hace llegar el Informe Nº 001-2011, sobre las actividades realizadas, inherentes al quehacer universitario y los avances en el aspecto académico y de gobierno; Que, asimismo, en dicho documento se informa que subsisten problemas con las ex autoridades universitarias suspendidas mediante Resolución Nº 0691-2011-ANR; Que, adicionalmente, se advierte la existencia de grupos antagónicos a nivel de docentes, estudiantes, y personal administrativo renuentes al retorno del Rector suspendido en sus funciones; precisando que aquello generaría más actos de violencia; Que, la falta de una política institucional entre la Comunidad Universitaria ha generado una actitud de violencia que se expresa a través de una disposición por la anarquía entre el estudiantado; por lo cual se requiere la recuperación del orden democrático de gobierno en la universidad, garantizando el restablecimiento del funcionamiento de los Órganos de Gobierno a través de procesos de elección democráticos estudiantil, docente así como autoridades de gobierno de la universidad; Que, ante ello y con el objeto de corregir esta situación, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria reunida en sesión extraordinaria el 04 de agosto del año en curso, acordó designar un Comité Electoral Externo nombrado por la Asamblea Nacional de Rectores, para la Universidad Nacional del Centro del Perú con la autonomía y atribuciones previstas en el artículo 39º de la Ley Universitaria Nº 23733 y a fi n de organizar y conducir el proceso electoral que permita conformar la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y los Consejos de Facultad, mediante la elección de representantes docentes y estudiantiles; y elección de Decanos de las respectivas facultades, Rector y Vicerrectores, en el plazo de sesenta (60) días a partir de la instalación del Comité Electoral Externo; Que, la Universidad Nacional del Centro del Perú se encuentra intervenida y con suspensión de sus autoridades de gobierno, razón por la cual, a fi n de restablecer la vigencia de los órganos de gobierno y lograr la estabilidad institucional, se hace necesario la designación de un Comité Electoral Externo; Que, debe tenerse en cuenta que el artículo 1º de la Ley Nº 26490, ampliada por la Ley Nº 27602, establece que cuando se presenten graves irregularidades académicas, administrativas, normativas o económicas en una universidad pública, la Asamblea Nacional de Rectores podrá, de ofi cio, intervenir y adoptar las medidas necesarias, las que pueden llegar hasta la reorganización total de la universidad y el cese de sus autoridades; Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, mediante acuerdo de vistos, acordó designar un Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional del Centro del Perú; Estando a lo acordado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar un Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional del Centro del Perú, con la autonomía y atribuciones previstas en el artículo 39º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, a fi n de organizar y conducir el proceso electoral que permita conformar la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y los Consejos de Facultad, mediante la elección de representantes docentes y estudiantiles; y elección de los Decanos de las respectivas facultades, Rector y Vicerrectores en el plazo de sesenta (60) días desde su instalación. Artículo 2º.- Disponer el cese de todas las autoridades y órganos de gobierno de la Universidad Nacional del Centro, conforme a lo establecido en las Leyes Nº 26490 y Nº 27602. Artículo 3º.-El Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional del Centro del Perú estará conformado por: • Dr. Pedro Ever De la Cruz Rodríguez PRESIDENTE Ex Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de Trujillo • Mg. Lida Carmen Sanez Falcón Profesora Principal de la Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Nacional del Callao • Mg. Reynaldo Correa Del Águila Ex docente de la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana, Iquitos Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELASQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 681352-2 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Expiden título de Juez del Sexto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo del Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 273-2011-CNM Lima, 22 de julio del 2011