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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de diciembre de 2011 454861 página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el artículo 5º de la Resolución de Superintendente Nº 001-2011- EF/94.01.1; el artículo 52 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, así como el artículo 36 inciso c) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes a la “Primera Emisión de Bonos del Primer Programa de Emisión de Bonos Corporativos y Certifi cado de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” de Citibank del Perú S.A, del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores señalados en el artículo anterior del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Citibank del Perú S.A., en su calidad de emisor, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Director de Emisores (e) 709887-1 Inscriben el “Quinto Programa de Bono Corporativos del BBVA Banco Continental” y otros en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 002-2011-SMV/11.1 Lima, 9 de diciembre de 2011 El Intendente General de Supervisión de Conductas VISTOS: El expediente Nº 2011037211 y el Informe N° 747-2011- EF/11.1, del 07 de diciembre de 2011, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 221, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas del sistema fi nanciero pueden emitir y colocar instrumentos representativos de obligaciones, siempre que sean de su propia emisión; Que, el artículo 232 de la norma mencionada precedentemente establece que para realizar la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y que se emitan por oferta pública se debe contar previamente con la opinión favorable expedida por resolución de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Que, en virtud de la Resolución SBS Nº 11031-2011, de fecha 03 de noviembre de 2011, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP opinó favorablemente para la emisión del “Quinto Programa de Bonos Corporativos del BBVA Banco Continental” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 250´000 000,00 (Doscientos Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles; Que, el 06 de diciembre de 2011, BBVA Banco Continental completo su solicitud de aprobación del trámite anticipado, inscripción del “Quinto Programa de Bonos Corporativos del BBVA Banco Continental” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 250´000 000,00 (Doscientos Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles, así como el registro del prospecto marco correspondiente; Que, asimismo en dicha fecha completó su solicitud de inscripción del “Quinto Programa de Bonos Corporativos del BBVA Banco Continental –Primera Emisión” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 200´000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), así como el registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; y la inscripción del “Quinto Programa de Bonos Corporativos del BBVA Banco Continental –Segunda Emisión” hasta por un monto máximo en circulación de S/.200´000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), así como el registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que BBVA Banco Continental ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, a la fecha, BBVA Banco Continental no posee la condición de Entidad Califi cada; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de Superintendencia del Mercado de Valores, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el artículo 46 numeral 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y evaluar y/o resolver todo trámite vinculado a dichas ofertas; RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el programa denominado “Quinto Programa de Bonos Corporativos del BBVA Banco Continental” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 250´000 000,00 (Doscientos Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles, y disponer el registro del prospecto marco respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Quinto Programa de Bonos Corporativos del BBVA Banco Continental – Primera Emisión” hasta por un monto máximo en circulación de S/.200´000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente complemento del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Quinto Programa de Bonos Corporativos del BBVA Banco Continental – Segunda Emisión” hasta por un monto máximo en circulación de S/.200´000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente complemento del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- La oferta pública de los valores a que se refieren los artículos 1, 2 y 3 de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25; y, de ser el caso, por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refieren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento.