TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de diciembre de 2011 454876 Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modifi catorias, y en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por Resolución SBS N° 775-2008, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de las Agencias que se detallan a continuación: • Agencia Cañete, ubicada en Jirón Real 117, distrito de Mala, provincia de Cañete y departamento de Lima al Pueblo tradicional de Mala Cercado Mz. 10 Lt. 117, distrito de Mala, provincia de Cañete y departamento de Lima. • Agencia Cusco, ubicada en Av. Garcilazo de la Vega N° 505, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco a la Av. Micaela Bastidas N° 101, ambiente 101, esquina con Av. Diagonal, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 727351-1 RESOLUCIÓN SBS N° 11860-2011 Lima, 30 de noviembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. el día 09 de noviembre de 2011, para que esta Superintendencia le autorice el traslado de dos (2) agencias, el cierre de una (1) agencia y siete (7) ofi cinas especiales; y la modifi cación de la denominación consignada en la Resolución SBS N° 10808-2011 del 19 de octubre de 2011, de ofi cina especial a agencia; según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente requerida para que este Organismo de Control apruebe el traslado de las Agencias de Los Olivos y Chulucanas, el cierre de la Agencia Arequipa y el cierre de las Ofi cinas Especiales de Hipermercado Cerámico de Ate, Comas, San Juan de Lurigancho, Chorrillos, Villa el Salvador, Ventanilla y Puente Piedra, y la modifi cación de la denominación de las Ofi cinas Chiclayo y La Victoria; las que corresponden a agencias y no a ofi cinas especiales; de acuerdo a lo previsto en el procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” mediante informe N°177-2011- DSB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modifi catorias, Ley N° 26702, y en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por Resolución SBS N° 775-2008, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de las Agencias que se detallan a continuación: • Agencia Los Olivos, ubicada en Av. Alfredo Mendiola N° 7785 Mz. F, Lt. 19 Asociación Pro vivienda La Estrella, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima a la Av. Alfredo Mendiola Lt. 4 y 8 Asoc. Pro vivienda La Estrella Urb. La Estrella, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. • Agencia Chulucanas, ubicada en Calle Libertad N° 509, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón y departamento de Piura al Centro Poblado Ciudad de Chulucanas Centro Mz. A Lt. 15 (Ahora calle Apurímac 665- 669) distrito de Chulucanas, provincia de Morropón y departamento de Piura. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de la Agencia Arequipa, ubicada en Av. Jorge Chávez N° 111, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Artículo Tercero.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de las siguientes ofi cinas especiales: Denominación Ofi cinas Especiales Ubicación Distrito Provincia Departamento Hipermercado Cerámico Ate Av. Nicolas Ayllón Nº 4186 Ate Lima Lima Hipermercado Cerámico Comas Av. Tupac Amaru Nº 3181 Comas Lima Lima Hipermercado Cerámico San Juan Av. Los Jardines Este Nº 198 - Urb. Las Flores. San Juan de Lurigancho Lima Lima Hipermercado Cerámico Chorrillos Av. Guardia Civil Nº 721 - 729 Urb. La Campiña. Chorrillos Lima Lima Hipermercado Cerámico Villa El Salvador Parque Industrial II Mz. A – Lt. 12 Villa el Salvador Lima Lima Hipermercado Cerámico Ventanilla Mz. 14 - Lotes 1,2,3 - Zona Industrial Ventanilla Callao Lima Hipermercado Cerámico Puente Piedra Km. 28.5 Panamericana Norte Puente Piedra Lima Lima Artículo Cuarto.- Sustituir, con efecto al 19 de octubre de 2011, el artículo único de la Resolución SBS N° 10808-2011 por el siguiente texto: “Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A la apertura de la Agencia Chiclayo, ubicada en Av. Cuglievan N°1052, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, y la Agencia La Victoria, ubicada en Av. Iquitos N°464, distrito La Victoria, provincia y departamento de Lima”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 727350-1 Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de oficinas especiales temporales en las provincias de Lima y Cañete RESOLUCIÓN SBS Nº 11991 -2011 Lima, 01 de diciembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de una (1) Ofi cina Especial Temporal, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del