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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de diciembre de 2011 454894 deberá ejecutar vía medida cautelar, las medidas complementarias establecidas en la presente Ordenanza, bajo responsabilidad funcional. Artículo 37º.- EXTINCIÓN DE MULTA Y MEDIDA COMPLEMENTARIA 37.1 La multa administrativa se extingue: a) Por el pago de la multa administrativa, sin perjuicio del cumplimiento de la (s) medida (s) complementaria (s). b) Por condonación establecida a favor de una generalidad de infractores mediante Ordenanza Municipal. c) Por compensación. d) Por prescripción. e) Cuando el recurso administrativo se declare fundado. f) Por fallecimiento del infractor. 37.2 En el caso de las medidas complementarias, éstas se extinguen: a) Por prescripción. b) Por cumplimiento voluntario de la medida complementaria c) Por regularización o adecuación de la conducta infractora. Artículo 38º.- PRESCRIPCIÓN DE LA POTESTAD SANCIONADORA. La prescripción de la potestad sancionadora se regirá de acuerdo a lo dispuesto en lo artículo 233º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. CAPÍTULO X DEL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD SAMUEL PASTOR Artículo 39º.- CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Mediante la presente Ordenanza se aprueba el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, el mismo que como anexo forma parte integrante de la misma. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldía se aprobará el Reglamento para la Aplicación Provisional de Medidas Complementarias de Ejecución Anticipada, en un plazo de sesenta (60) días hábiles. Segunda.- Deróguese todas las disposiciones que opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- Los procedimientos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza se regirán por la normatividad vigente a su inicio hasta su conclusión. Cuarta.- Cuando se trate de procedimientos sancionadores, se aplicará supletoriamente las normas del Código Procesal Civil en lo que corresponda. La Gerencia Municipal, queda autorizada cuando la naturaleza de los hechos así lo ameriten dictar en primera instancia medidas cautelares dentro del procedimiento sancionador, con la fi nalidad de asegurar la decisión defi nitiva y evitar perjuicios económicos a la Entidad Municipal, para el administrado y los administrados. Quinta.- Aprobar los siguientes Anexos las mismas que serán de uso obligatorio, quedando facultado el Órgano de Fiscalización a adecuar las mismas cuando las circunstancias lo requieran: - Anexo I (Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA). - Anexo Nº II (Formato de Notifi cación Preventiva). - Anexo Nº III, (Formato de Resolución de Sanción). - Anexo Nº IV (Acta de Constatación y Verifi cación). - Anexo V (Cedulón de Notifi cación). - Anexo Nº VI (Acta de Decomiso). - Actas de Medida Complementaria de Ejecución Anticipada (Anexo A). - Actas de Medida Complementaria de Ejecución Posterior (Anexo B). - Actas de Levantamiento de Medida Complementaria de Ejecución Anticipada (Anexo C). - Actas de Levantamiento de Medida Complementaria de Ejecución Posterior (Anexo D). - Actas de Internamiento Vehicular (Anexo E), - Actas de Levantamiento de Medida Complementaria de Internamiento de Vehículo Menor (Anexo F). - Acta de Destrucción (Anexo G). - Resolución de Sanción Administrativa Anexo H. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a los treinta (30) días hábiles desde su publicación, tiempo durante el cual el Órgano de Fiscalización ejecutará un programa de difusión de la misma, de igual modo, durante el período de entrada en vigencia, son de aplicación a los procedimientos sancionadores en trámite las disposiciones de la presente Ordenanza, en tanto sean más favorables al administrado. POR TANTO: Mando, que se registre, publique y cumpla. ANTONIO M. MENESES MAMANI Alcalde 727364-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre los Gobiernos de Perú y Brasil para la implementación del Proyecto “Apoyo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS en la Articulación y Coordinación de las Políticas y Programas de Desarrollo e Inclusión Social” Entrada en vigencia del “Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Apoyo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS en la Articulación y Coordinación de las Políticas y Programas de Desarrollo e Inclusión Social”, suscrito el 31 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 135- 2011-RE de 8 de diciembre de 2011, publicado el 9 de diciembre de 2011. Entró en vigencia el 12 de diciembre de 2011. 728163-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo Marco entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Ucrania sobre Cooperación en el Ámbito de Actividades Espaciales” Entrada en vigencia del “Acuerdo Marco entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Ucrania sobre Cooperación en el Ámbito de Actividades Espaciales”, suscrito el 30 de mayo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 132-2011-RE de 30 de noviembre de 2011, publicado el 1 de diciembre de 2011. Entró en vigencia el 9 de diciembre de 2011. 728152-1