Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2011 (18/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

455125

· Comision de 03 miembros.- 02 regidores y 01 miembro de la Sociedad Civil. · Comision de 05 miembros.- 03 regidores y 02 miembros de la Sociedad Civil. Informaran de su trabajo al CCLD. TITULO VI DE LAS SESIONES CAPITULO I DE LA SESION EN GENERAL Articulo 18º.- El MORDAZA convoca y preside las Sesiones, establece la agenda y dirige el debate. En caso de ausencia del MORDAZA, preside la Sesion el Primer Regidor, y por impedimento temporal o ausencia de este, el Regidor habil que le sigue en su lista. Se entiende por impedimento temporal la ausencia en la localidad o la imposibilidad para el ejercicio de la funcion, debidamente acreditada. Articulo 19º.- En caso de enfermedad u otro impedimento, cualquier miembro del CCLD comunicara por cualquier medio al Secretario Tecnico su inasistencia a la Sesion; esta comunicacion sera puesta en conocimiento del Consejo en la sesion correspondiente. Articulo 20º.- El Secretario Tecnico, o quien haga sus veces cita por encargo del MORDAZA a los miembros del CCLD para la realizacion de la sesion Ordinaria o Extraordinaria, la citacion debera indicar el dia y hora en que lugar se llevara a cabo la sesion convocada. Articulo 21º.- Las citaciones a las Sesiones Ordinarias del CCLD, se efectuaran con 48 horas de anticipacion por lo menos, cuya citacion se efectuara en forma personal a domicilio, ademas de publicarse en la sala de Regidores y en un lugar visible de la Municipalidad. Articulo 22º.- Las citaciones a las Sesiones Extraordinarias se haran con 24 horas de anticipacion; aplicandose de igual modo los criterios, para su difusion, establecidos en el articulo anterior. Articulo 23º.- Al inicio de la Sesion, el MORDAZA dispondra que el Secretario Tecnico pase lista para establecer el quorum reglamentario. De haber Quorum, el MORDAZA o quien lo presida abrira la Sesion. Solo se considera asistentes a los Consejeros que esten presentes MORDAZA de iniciada la Estacion de Orden del Dia y a los que permanezcan hasta la finalizacion de la misma. De no haber quorum se pasara MORDAZA lista, quince (15) minutos despues. Si tampoco se logra el quorum, el Secretario Tecnico asentara en el Libro de Actas la MORDAZA de tal circunstancia, anotandose los nombres de los consejeros ausentes, de los que se encontraban con licencia, impedidos o hubiesen dado aviso anticipadamente de su inasistencia. Articulo 24º.- Durante las Sesiones ningun consejero podra asumir la representacion de otro ausente para formular en su nombre declaraciones, pedidos o propuestas de ninguna naturaleza. Articulo 25º.- El MORDAZA puede llamar para tomar parte en la Sesion al Gerente Municipal y/u otro funcionario; pudiendo el MORDAZA y/o los consejeros, con anuencia del Consejo, llamar a los demas servidores, asesores de la Municipalidad y a las personas que, sin pertenecer a MORDAZA, se encuentre en aptitud de coadyuvar a la acertada resolucion de los asuntos en debate, suministrando datos o informes tecnicos de ser el caso. Articulo 26º.- Cuando un consejero se apartara del tema, se le invitara a cenirse al punto materia del debate, por parte de quien preside la Sesion, pudiendo a pedido de un consejero o por propia iniciativa dar por agotado el debate. Articulo 27º.- La sesion que hubiese sido levantada, por ningun motivo podra continuarse.

Articulo 28º.- Las sesiones del CCLD, se llevaran a cabo en las instalaciones del Palacio Municipal, pudiendo sin embargo efectuarse en cualquier lugar de la jurisdiccion; si asi se cree conveniente. Articulo 29º.- Todas las sesiones del CCLD, seran publicas. Los concurrentes deberan guardar la compostura adecuada, a fin de no perturbar el normal desenvolvimiento de la misma; en caso de ocurrir alguna interferencia que conlleve a distorsionar el orden de las sesiones se procedera a desalojar de la sala a los responsables. Si persistiese el desorden, el presidente del CCLD o quien haga sus veces pedira sesionar a puertas cerradas. Articulo 30º.- El cargo de Secretario Tecnico del CCLD, es constituido por el Secretario General y tiene las siguientes funciones: 1. Citar a las sesiones del CCLD. 2. Asistir a las sesiones del CCLD. 3. Llevar al dia y conservar las Actas de las Sesiones del CCLD y suscribirlas con el Alcalde. 4. Dar forma final a los Acuerdos y con estricta sujecion a lo acordado en el CCLD, y suscribirla con el Alcalde. 4. Tramitar y suscribir el despacho del CCLD. 5. Comunicar a las dependencias municipales los Acuerdos tomados por el CCLD. 6. Demas actos propios de la naturaleza del cargo. 7. Las que determine el Alcalde. Articulo 31º.- En caso de ausencia del Secretario Tecnico en la Sesion del CCLD convocada, asumira como Secretario Tecnico, un Funcionario del mismo rango. CAPITULO II DE LAS SESIONES ORDINARIAS Articulo 32º.- En las Sesiones Ordinarias se observara las siguientes estaciones: a) Lectura y Aprobacion del Acta de la Sesion anterior. b) Despacho. c) Informes. d) Orden del Dia. Articulo 33º.- Iniciada la Sesion se procedera a la lectura del Acta de la Sesion y/o Sesiones anteriores, MORDAZA ordinarias o extraordinarias. El MORDAZA o quien la preside puede disponer que se omita la lectura del acta si su texto se hubiera distribuido entre los consejeros. Terminada la lectura, los consejeros podran formular las observaciones que estimen pertinentes respecto de sus propias intervenciones o del texto de las decisiones adoptadas, para lo cual debe distribuirse MORDAZA del Acta con 24 horas de anticipacion del inicio de la Sesion. La formulacion de observaciones no MORDAZA lugar a debate ni a reabrir temas de la sesion anterior. De no formularse observacion o con las que hubiesen se MORDAZA constar en el Acta correspondiente a la sesion y se MORDAZA por aprobada, pudiendo dispensarse de la lectura del acta, si el CCLD asi lo acuerda. Articulo 34º.- Instalada la sesion, puede ser suspendida solo por fuerza mayor, con cargo a continuarla en la fecha y lugar que se senale al momento de suspenderla; de no ser posible indicarlo en la misma sesion, el MORDAZA convocara la fecha de reinicio notificando a todos los miembros con 48 horas de anticipacion. Articulo 35º.- El Secretario Tecnico extendera el acta por cualquier medio impreso. El acta contendra la indicacion de los asistentes, el lugar y el tiempo en la que ha sido efectuada, los puntos de deliberacion, un resumen de los debates, cada Acuerdo por separado con indicacion de la forma y sentido de los votos, si es que hubiere. El acuerdo debe expresar claramente el sentido de la decision adoptada y su fundamento. El Secretario Tecnico podra certificar los acuerdos aprobados. Cada Acta, luego de aprobada, sera firmada por el Secretario Tecnico, el MORDAZA o quien preside la Sesion y por los consejeros que asi lo soliciten.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.