Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de diciembre de 2011 455231 Que, acorde con el Informe Nº 121-2011–PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Apurímac y de los Pueblos Túpac Amaristas”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Apurímac y de los Pueblos Túpac Amaristas”; integrada por las Municipalidades Provinciales de Acomayo, Canas y Espinar, en el Departamento de Cusco; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Apurímac y de los Pueblos Túpac Amaristas”, como sigue: - Presidente: Raúl Rado Lazo, alcalde de la Municipalidad Provincial de Canas. - Director: Herbert Luna Fernández, alcalde de la Municipalidad Provincial de Acomayo. - Director: Oscar Avelino Mollohuanca Cruz, alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Apurímac y de los Pueblos Túpac Amaristas”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 731700-1 Disponen la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 575-2011-PCM/SD Lima, 9 de diciembre de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 214-2011-MPCH/FLM; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 007-2011- MPCH de la Municipalidad Provincial Chumbivilcas; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-CM-MPCT/ RA de la Municipalidad Provincial Cotabambas; la Ordenanza Municipal Nº 016-2011-CM-MDCC/CH de la Municipalidad Distrital Ccapacmarca; la Ordenanza Municipal Nº 019-2011-MDCH/A de la Municipalidad Distrital Challhuahuacho; la Ordenanza Municipal Nº 012- 2011-MDC de la Municipalidad Distrital Colquemarca; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011/A-MDH-C de la Municipalidad Distrital Haquira; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011/A-MDLL-CH de la Municipalidad Distrital Llusco; la Ordenanza Municipal Nº 012-2011-MDM de la Municipalidad Distrital Mara; la Ordenanza Municipal Nº 009-2011-MDQ/CH de la Municipalidad Distrital Quiñota; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”; y el Informe Nº 122-2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran la Municipalidad Provincial de Cotabambas, las Municipalidades Distritales de Challhuahuacho, Haquira y Mara, en la Provincia de Cotabambas, en el Departamento de Apurímac, la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas y las Municipalidades Distritales de Ccapacmarca, Colquemarca, Llusco y Quiñota, en la Provincia de Chumbivilcas, en el Departamento de Cusco; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Promover la participación vecinal en el desarrollo local, b) Cuidado del agua y del medio ambiente, c) Prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe y d) Prestación del servicio de limpieza pública; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico y protección del agua y del medio ambiente y b) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación