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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de diciembre de 2011 455232 ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura, urbana o rural, que sean indispensables para el acceso a los servicios de salud, educación y protección de derechos, en coordinación con los niveles de gobiernos; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Provinciales de Chumbivilcas y Cotabambas, y las Municipalidades Distritales de Ccapacmarca Challhuahuacho, Colquemarca, Haquira, Llusco, Mara y Quiñota, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 122-2011–PCM/SD-OGI- MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”; integrada por la Municipalidad Provincial de Cotabambas, las Municipalidades Distritales de Challhuahuacho, Haquira y Mara, en la Provincia de Cotabambas, en el Departamento de Apurímac, la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas y las Municipalidades Distritales de Capacmarca, Colquemarca, Llusco y Quiñota, en la Provincia de Chumbivilcas, en el Departamento de Cusco; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”, como sigue: - Presidente: Florentino Laime Mantilla, alcalde de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas. - Director: Guido Ayerve Quispe, alcalde de la Municipalidad Provincial de Cotabambas. - Director: Marcos Huamaní Fuentes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ccapacmarca. - Director: Odilón Huanaco Condori, alcalde de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho. - Director: Ceferino Henry Romero Palma, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquemarca. - Director: Jaime Mantilla Chancuaña, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llusco. - Director: Hilario Rolando Curitumay Zegarra, alcalde de la Municipalidad Distrital de Haquira. - Director: Francisco Roberto Bolívar Arcos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mara. - Director: Arturo Ccahuana Gómez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Quiñota. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Santo Tomás - AMSAT”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 731700-2 Disponen la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la “Mancomunidad Municipal Lima - Rímac” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 578-2011-PCM/SD Lima, 15 de diciembre de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2011-MMLR/PD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 1562 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; la Ordenanza Municipal Nº 284 de la Municipalidad Distrital del Rímac; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Lima - Rímac”; y el Informe Nº 123-2011–PCM/ SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el