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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de diciembre de 2011 455234 Disponen la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 579 -2011-PCM/SD Lima, 15 de diciembre de 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nº 001-2011-MMCMP/PCD y Nº 003- 2011-MMCMP/PCD; el Informe Técnico Nº 01-2011- ETIM; la Ordenanza Municipal Nº 010-2011-MDSMC, de la Municipalidad Distrital de San Miguel de Corpanqui; la Ordenanza Municipal Nº 05-2011-MDC/PO-A, de la Municipalidad Distrital de Cajamarquilla; la Ordenanza Municipal Nº 06-2011-MDT/PB, de la Municipalidad Distrital de Ticllos; la Ordenanza Municipal Nº 03- 2011-MDAPL, de la Municipalidad Distrital de Abelardo Pardo Lezameta; y la Ordenanza Municipal Nº 09-2011- MDC, de la Municipalidad Distrital de Canis; el Acta de Constitución de fecha 09 de mayo de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca; y el Informe Nº 051-2011–PCM/SD-OGI-NCHL; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticllos, Presidente de la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca, solicita su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca, se encuentra integrada por las municipalidades distritales de Abelardo Pardo Lezameta, Canis, San Miguel de Corpanqui, y Ticllos en la provincia de Bolognesi, y la Municipalidad Distrital de Cajamarquilla, en la provincia de Ocros, departamento de Ancash; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos, presentado por la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca, comprende en forma conjunta a las municipalidades que la integran, y constituye el sustento de las decisiones sobre la constitución de la referida mancomunidad municipal, adoptadas por los alcaldes y concejos municipales respectivos; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: 1. Promoción, planifi cación y ejecución de proyectos de integración vial; Diseño y promoción de un circuito turístico y de recursos arqueológicos; 2. Promoción del desarrollo económico productivo, principalmente en la actividad agrícola y pecuaria; 3. Fomento de la inversión privada, el empleo y la competitividad productiva, con responsabilidad social y protección del ambiente; y 4. Promoción y ejecución de programas y proyectos para la producción agroecológica. Que, el Estatuto establece las funciones específi cas exclusivas que las municipalidades intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal: 1. Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito; 2. Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846; y 3. Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Que, el Estatuto establece las funciones específi cas compartidas que las municipalidades intervinientes acuerdan delegar a la mancomunidad municipal: 1. Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes; 2. Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes; y 3. Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identifi cación, registro, control, conservación y restauración. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Constitución Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las municipalidades distritales de Abelardo Pardo Lezameta, Canis, San Miguel de Corpanqui, Ticllos, y Cajamarquilla, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe de Vistos, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Cuenca Media de Pativilca; mancomunidad municipal distrital integrada por las municipalidades distritales de Abelardo Pardo Lezameta, Canis, San Miguel de Corpanqui, Ticllos, y Cajamarquilla, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo