Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2011 (23/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POLVORA
Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de asesoria tecnico legal en la fiscalizacion de deudas tributarias y no tributarias publicas existentes en el distrito de Polvora
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 017-2011-MDP/A Polvora, 25 de MORDAZA del 2011 VISTO, En Sesion de Concejo Ordinaria N° 014 de fecha 24 DE MORDAZA DEL 2011, en atencion al Informe de Rentas N° 024-2011-MDP-/OR, Informe del Comite Especial Permanente Nº 007-2011--MDP/CEP y al Informe de Asesoria Legal Nº 007-2011-OAL/E, y CONSIDERANDO: Que, mediante los informes de vistos provenientes de la Oficina de Rentas, Comision de Adquisiciones y Contrataciones y la Oficina Legal; los que acusan y dan la factibilidad de implementar un programa de generacion y capacitacion de Recursos Tributarios a traves de la contratacion de una empresa especializada en la Asesoria Tecnica Legal en la Fiscalizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias Publicas, las mismas que no se pueden efectivizar por falta de capacidad operativa de las Aereas vinculadas, anudado a la falta de Recursos Economicos y prevision presupuestal, por lo que se requiere la contratacion de personas Juridicas, especialidad en Fiscalizacion tributaria selectiva, de Tributos y Asesoria tecnica legal existentes en el distrito, con la cual se podran establecer o implementar la base tributaria de la Municipalidad, por concepto de deteccion de Contribuyentes omisos y/o subvaluaciones al pago de los tributos existentes en la base de contribuyentes; asi como la correspondiente recaudacion de los tributos; de esta manera se podra arribar a una mejor recaudacion, lo que permitira implementar los servicios municipales y solucionar la problematica financiera de esta corporacion MORDAZA y cumplir con los pagos pendientes que tiene la Institucion y otros gastos para su mejor funcionamiento; por lo cual es necesario contar con una empresa especializada y con amplia experiencia en servicio de derecho administrativo, tributarios municipal, y que reuna las condiciones necesarias para los propositos recaudatorios por su experiencia y calidad en dichas operaciones, recomendando la contratacion de una empresa urgente. Que, la Oficina de Asesoria Legal mediante Informe de visto, senala que los Servicios que la Municipalidad requiere tiene unos requisitos Tecnicos Minimos ­ RTM, por lo cual la Empresa que se contrate, debe cumplir con estas caracteristicas y cuente con una trayectoria, especializacion y una frondosa experiencia en trabajos de fiscalizacion Tributaria, y no tributaria Asesoria tecnica legal de adeudos. Que, los referidos informes, indican que las Municipalidades son organos de Gobierno Local con personeria Juridica de Derecho Publico, con Autonomia Politica, economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Institucional, Ley Nº 27980; recomendado que se solicite al Concejo Municipal la exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente, a fin de que se proceda a la contratacion de una Persona Juridica, para la ejecucion de los servicios anteriormente descritos, asi como se autorice al senor MORDAZA, para que se proceda a la contratacion de una empresa que cumpla con los requisitos de Ley, bajo la causal de Servicios Personalisimos.

Que, dentro de los parametros del Art. 21º de D.L. Nº 1017 ­ Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, y el Articulo 132º del D.S. Nº 184-2008-EF ­ Reglamento de la Ley, precisa que procede la exoneracion de los Procesos de Seleccion, las Adquisiciones y Contrataciones para la contratacion de una persona Natural o Juridica notoriamente especializada que se realicen por Servicios personalisimos, cuando exista la necesidad de proveer de servicios especializados, profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, como es en el presente caso que se requiere para contratar. Que, asimismo el Art. 135º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que se efectuaran las contrataciones y adquisiciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendosele invitar a solo un proveedor. Que, el Art. 21º de D.L. Nº 135º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las exoneraciones se aprobaran por Acuerdo de CONCEJO Municipal en el caso de Gobiernos Municipales, cuya MORDAZA y el informe que los sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el SEACE y/o Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad del funcionario responsable. Que, en el debate correspondiente conforme obra en Actas, se ha precisado que se viene a recomendar esta contratacion en vista que permita recaudar de mejor manera los adeudos que esta comuna tiene por cobrar a los MORDAZA Contribuyentes, en especial porque la empresa a contratar de acuerdo al curriculo demostrado, y luego de efectuar el analisis comparativo de otras propuestas presentes en el MORDAZA de Servicios cuenta con los elementos logicos, tecnicos y juridicos suficientes y demostrados en trabajos anteriores, para lograr los resultados esperados los que serviran especialmente para la ejecucion de importantes obras que devengaran en beneficio de la comunidad en su conjunto, esto amparado en el INFORME TECNICO Nº 007-2011MDP/CEP, emitido por el Comite Especial Permanente; y estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Articulos Nº 9 y 41 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se acordo por MAYORIA CALIFICADA el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion de los procesos de seleccion correspondiente a fin de que se proceda a la contratacion de una Persona Juridica, para la ejecucion de un programa de Asesoria Tecnica Legal en la Fiscalizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias de contribuyentes existentes en el distrito de POLVORA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Senor MORDAZA de la Municipalidad de POLVORA, para que a traves de la Gerencia Municipal y bajo la causal de Servicios Personalisimos, proceda a la contratacion de la empresa MORDAZA & VON MASSEBACH ANALISTAS Y CONSULTORES SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, hasta el ingreso total de las deudas, cuyo valor referencial es de cuarenta y cinco por ciento (45%) incluido IGV del monto que se recaude sin limite teniendo en cuenta que se trata de fiscalizacion y recuperacion de rentas no presupuestadas por la Municipalidad. Articulo Tercero.- DISPONER que la Municipalidad de POLVORA, remita MORDAZA del Acuerdo de Concejo correspondiente y los uniformes generadores que sustenta la exoneracion a la Contraloria General de la Republica y publique el mismo en el SEACE y/o Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad del funcionario responsable de las publicaciones. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. NANCI MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 731754-1

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