TEXTO PAGINA: 84
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455394 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Establecen disposiciones para la presentación de la Solicitud de Autorización de Espectáculos públicos no deportivos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0015-2011-MDSJM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES San Juan de Mirafl ores, 8 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 187- MDSJM de fecha 16 de febrero de 2011, modifi cada a través de la Ordenanza Municipal Nº 192-2011-MDSJM de fecha 08 de abril de 2011, se estableció Suspender temporalmente el otorgamiento de autorizaciones para la celebración de espectáculos públicos no deportivos, cualquiera sea su denominación en la vía pública, hasta que las personas naturales o jurídicas organizadoras de estas celebraciones que adecuen sus locales, los cuales deberán ser lugares cerrados que garanticen la seguridad de los asistentes y que no perturben la tranquilidad pública. Que, en este sentido es necesario que las personas naturales o personas jurídicas que deseen realizar Espectáculos públicos no deportivos dentro de nuestra jurisdicción soliciten la autorización a la Municipalidad a efectos de la verifi cación y constatación por parte de las instancias correspondientes, en un plazo no menor a 8 días hábiles, caso contrario; deberá denegarse de pleno la autorización correspondiente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER que la presentación de la Solicitud de Autorización de Espectáculos públicos no deportivos dentro del distrito de San Juan de Mirafl ores, deberá realizarse con una anticipación mínima de ocho (08) días hábiles, a efectos de la verifi cación y constatación por parte de las instancias correspondientes, caso contrario se denegará de pleno la autorización correspondiente. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Comercialización, Sub Gerencia de Control y Fiscalización y Sub Gerencia de Obras Privadas, Defensa Civil y Catastro. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 731827-1 Conforman la Mesa de Trabajo y Concertación del AA.HH. La Nueva Rinconada DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0016-2011-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 5 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad distrital de San Juan de Mirafl ores, viene desarrollando una permanente labor por dotar de una mejor calidad de vida a los vecinos de cada uno de los sectores de nuestro distrito y estando a las conclusiones de la Asamblea Vecinal llevada a cabo el día 18 de noviembre del 2011, en el auditorio del Mercado José María Arguedas de Pamplona Alta, con la asistencia de la señora Directora del Programa de Educación Básica Laboral (PEBAL), Institución convocante, los Representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del Jefe de la Ofi cina Zonal de Lima y Callao de COFOPRI, del Administrador Judicial de la Nueva Rinconada y de más de 900 posesionarios, quienes considerando que la situación actual de vida infrahumana, afecta a más de 30, 000 familias, entre las cuales se encuentran niños y ancianos, por lo que resulta de impostergable necesidad, conformar una mesa de trabajo y concertación que permita encontrar una solución, seria y sostenible respecto al saneamiento físico legal de este importante sector de alta vulnerabilidad de nuestra localidad. Que, el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú establece que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado”, concordante con el Artículo 88º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que imperativamente señala que: “Corresponde a las Municipalidades Provinciales y Distritales dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bien común”; por lo que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 42º del mismo cuerpo legal; SE DECRETA: Artículo Primero.- CONFORMAR la Mesa de Trabajo y Concertación del AA.HH. La Nueva Rinconada la misma que estará presidida por el Dr. Adolfo Ocampo Vargas, Alcalde del Distrito de San Juan de Mirafl ores, la misma que estará conformada de la siguiente manera: 1. Un representante de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores. 2. Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 3. Un representante del Ministerio de Justicia 4. Un representante del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI. 5. Un representante de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos SUNARP. 6. Un representante del Programa de Educación Básica Laboral (PEBAL) Artículo Segundo.- El Alcalde Distrital de San Juan de Mirafl ores tendrá la facultad de designar a través de Resolución de Alcaldía a quien lo represente y al representante de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 731827-2 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Amplían alcances de la Ordenanza Nº 406-MSS a conjuntos urbanos ubicados en el Sector 2 ORDENANZA Nº 412-MSS Santiago de Surco, 22 de diciembre de 2011