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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457221 Nacional de Administración Tributaria - SUNAT aprobará los procedimientos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. Que resulta necesario efectuar algunas precisiones a fi n de que el funcionamiento de este sistema continúe siendo ágil y efi ciente. Que en cumplimiento del artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS el 6 de diciembre del año en curso se pre-publicó el proyecto de la presente norma en el Portal Web de la institución. En mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002- PCM, en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT y de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 007-2010/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Incorpórese como numeral 6 del acápite E1), Sección VII del Procedimiento Específi co IFGRA- PE.39, el siguiente texto: “E1) Requerimiento de Renovación (…) 6. Producida cualquiera o todas las situaciones de renovación establecidas en el numeral 2, el usuario del Sistema puede amparar sus obligaciones con la garantía previa del siguiente año para lo cual: 6.1 El monto de la nueva garantía no podrá ser menor al monto requerido en renovación de la garantía del año anterior. 6.2 El texto de la nueva garantía debe ceñirse al formato establecido en el anexo N°6 del presente procedimiento.” Artículo 2°.- Incorpórese como Anexo 6 el “Modelo de Fianza / Póliza de Caución Global – PARA INICIO- RENOVACIÓN” en la Sección XI del Procedimiento Específi co IFGRA-PE.39, cuyo texto forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA EMPERATRIZ LUQUE RAMIREZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 735516-1 Aprueban Procedimiento “Aplicación de Preferencias al Amparo del Protocolo Perú – Tailandia” INTA-PE 01.27 (versión 1) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 499-2011/SUNAT/A Callao, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -SUNAT aprobará los procedimientos, instructivos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053 y su Reglamento; Que mediante Decreto Supremo N.° 120-2011- RE, publicado el 25 de octubre de 2011, se ratifi ca el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio, y sus Protocolos Adicionales; Que mediante Decreto Supremo N.° 022-2011- MINCETUR, publicado el 28.12.2011, se pone en ejecución el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio, y sus Protocolos Adicionales; Que, mediante Resolución Ministerial N.° 364-2011- MINCETUR/DM, publicada el 29.12.2011 se aprueba el formato del Certifi cado de Origen a ser utilizado en el marco del referido Protocolo; Que resulta conveniente instruir a las intendencias de aduana de la República y a los operadores de comercio exterior sobre la aplicación de las preferencias arancelarias en virtud de lo dispuesto en el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio, y sus Protocolos Adicionales; Que conforme al artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General aprobado por Decreto Supremo N.° 001- 2009-JUS, el 29 de noviembre del 2011 se publicó en el portal web de la SUNAT, el proyecto de la presente norma; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N.° 122-2003/SUNAT, en mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y estando a la Resolución de Superintendencia Nº 007-2010/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Procedimiento “APLICACIÓN DE PREFERENCIAS AL AMPARO DEL PROTOCOLO PERU – TAILANDIA” INTA-PE 01.27 (versión 1), de acuerdo al texto siguiente: I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para la importación para el consumo de mercancías con preferencias arancelarias que se realicen al amparo del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio, y sus Protocolos Adicionales. II. ALCANCE Está dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en la importación para el consumo de mercancías con preferencias arancelarias al amparo del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio, y sus Protocolos Adicionales. III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de la Recaudación Aduanera, de la Intendencia Nacional de Sistemas de la Información y de las intendencias de aduana de la República. IV. VIGENCIA A partir del 31 de diciembre de 2011. V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N.° 1053, publicado el 27.6.2008 y norma modifi catoria. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y normas modifi catorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N.° 031-2009-EF, publicada el 11.2.2009 y normas modifi catorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley N.° 27444, publicada el 11.4.2001 y normas modifi catorias.